Observador político - El fortalecido económicamente Poder Judicial de Morelos
En opinión de Gerardo Suárez Dorantes
Las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial que intentan magistrados de Morelos, encabezados por su presidente Luis Jorge Gamboa Olea, no pasarán, debido a que no lograron convencer a los parlamentarios de sus “bondades” y al final, tendrán que esperar tras el rechazo de la iniciativa considerada como abusiva y grosera; por tanto, su anhelada jubilación vitalicia se frenó y estarán en condiciones de obtener su nada despreciable, haber de retiro.
EL TSJ Y SU AUTONOMÍA FINANCIERA.- Hay que señalar que el Tribunal Superior de Justicia tendrá para este año un presupuesto histórico luego de que, así lo mandató la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras la controversia constitucional que presentó en su momento el expresidente magistrado Rubén Jasso Díaz y que, ante ello, los legisladores tuvieron que aprobar obligadamente un aumento que representó el 51.1% más que los 549 millones 034 mil pesos que integraban su presupuesto hasta el 2022, por lo que ahora opera con 829 millones 946 mil 238 pesos; un presupuesto que jamás había alcanzado el Poder Judicial y por tanto, logró adquirir por primera vez su anhelada autonomía financiera en este 2023.
Por ello y quizá movidos por la ambición al contar con mucho dinero, en comparación con los años pasados y lo que pretenden ahora, es cómo aprovechar los magistrados este recurso pero que se vea traducido en su beneficio luego que se les hace muy poco los 107 mil 844 pesos que percibe el presidente y 103 mil 132 pesos mensuales los magistrados y que al concluir su periodo de 14 años solo por ese concepto, alcanzaron a percibir la nada despreciable suma de más de 17 millones de pesos más sus gratificaciones de fin de año y demás prestaciones económicas como viáticos, bonos, préstamos, entre otros que superan por mucho los 20 millones de pesos.
En razón de ello y con presupuesto millonario su prioridad es y será sus beneficios económicos personales y es ahí donde está el meollo del asunto al pretender todavía mejores condiciones financieras y por ello, intentaron con sus operadores priistas que laboran en el Poder Judicial amarrar esa propuesta con el diputado Eliasib Polanco Saldivar, quien sin saber si hubo o no algún compromiso u ofrecimiento monetario o político, intentó que los magistrados con la frustrada pensión vitalicia, se beneficiaran los magistrados y con ello, pudieran incluso en lo que fue un absurdo, intentar heredar estos privilegios a familiares en caso de fallecimiento, sin importarles en lo absoluto incrementar el gasto corriente en perjuicio de los sindicalizados y trabajadores de confianza.
Para muchos, este acuerdo ya estaba planchado sin embargo, la traición de Eliasib Polanco quien intentó darle “golpe de estado” a Francisco Sánchez Zavala de la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso local, fue el motivo para que votaran en contra del dictamen que con anterioridad se había ya aprobado en Comisiones Unidas y Puntos Constitucionales y que, posteriormente, 14 diputados le dieron la espalda en aprobar la tan mentada reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial con lo cual se le rechazó a los magistrados las pensiones vitalicias que les obsesionan.
El cálculo de la pensión por retiro voluntario de los magistrados numerarios o supernumerarios estaba contemplado de la siguiente manera: se tomaría en cuenta los años de servicio para que los que tuvieran 21 alcanzaran el 80%; los togado con 22 años el 85%; con 23 sería el 90%; con 24 el 95%, y aquellos con 25 años de servicio o más tuvieran el 100% de sus 103 mil pesos mensuales que perciben actualmente los magistrados.
TENDRÁN SU HABER DE RETIRO.- Hay que recordar que tras el revés que sufrieron las reformas graquistas de aumentar de 14 a 20 años por única ocasión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les dio no solo un revés en esa intención de aumentar el periodo de los magistrados sino que además, estableció en el año 2015 que tienen sólo derecho a recibir un haber por retiro en lugar de una pensión vitalicia.
Y pese a ello, el magistrado presidente, Luis Jorge Gamboa Olea intentó sorprender a los diputados con el argumento de una falta de reglamentación sobre el tema. En el acercamiento con los diputados se hizo presente Gamboa con la mayoría de los magistrados interesados en alcanzar ese beneficio cuando concluyan su periodo de 14 años de servicio.
En este tenor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras validar el artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos, conforme avaló el haber de retiro de los magistrados que consiste en una
prestación económica que se cubre mediante el pago, en una sola
exhibición, de tres meses de salario y un mes más por cada dos años de
servicios prestados.
Lo que significa que tras haber concluido sus 14 años de servicio y tras más de haber percibido alrededor de 20 millones de pesos entre salario y prestaciones laborales, podrán aspirar a percibir más de 300 mil que representa los tres meses que ganan, así como los 700 mil que representa un mes por cada dos años de los 14 de servicio, por lo que será poco más de un millón de pesos los que tendrán como bonificación al concluir su periodo de togados.
El haber de retiro es un componente directamente vinculado con las garantías de estabilidad e inamovilidad en el cargo, y, por lo tanto, forman parte de los principios y parámetros que deben observar las constituciones y leyes de los Estados en México, de acuerdo a la SCJN. Y en efecto, para que existan condiciones de autonomía e independencia en el ejercicio de la magistratura, es necesario garantizar a los titulares una condición de previsibilidad, seguridad y serenidad en términos de su permanencia en el cargo, de modo que no exista amenaza o temor de ser separado de él con motivo de las decisiones jurisdiccionales que deben adoptar.
Esto significa que las garantías de estabilidad y de inamovilidad tienen la misión de brindar certeza a los magistrados de que la decisiones autónomas e independientes que deben tomar, no pondrán en riesgo ni comprometerán su permanencia en el cargo; es decir, que los juzgadores sólo podrán ser removidos de la titularidad que ostentan, bajo causas y procesos expresamente previstos en ley, pero jamás en razón de las resoluciones emitidas en el ejercicio pleno de su potestad jurisdiccional.
Solo para concluir, es importante destacar que Roberto Salinas, codirector del Centro de Investigaciones Morelos Rinde Cuentas, en su momento dio a conocer que el Tribunal Superior de Justicia gasta 7.5 millones de pesos mensuales en el pago de pensiones y jubilaciones a ex magistrados, cuyos montos superan los 100 mil pesos mensuales.
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