¿Qué es el concubinato y que protección tiene en la legislación morelense? Yo te lo explico:

En opinión de la Dra. Clara Elizabeth Soto Castor

¿Qué es el concubinato y que protección tiene en la legislación morelense? Yo te lo explico:

La familia es un conjunto social que compartiendo diferentes tipos de intereses, ha tenido una evolución permanente, por ello las y los sociólogos, historiadores, psicólogos, trabajadores sociales y abogados han dado nombre y documentado las diversas composiciones de familia, desde la llamada tradicional, la monoparental, la extendida hasta las reconstituidas, homoparentales o de crianza compartida.

El Código Familiar de Morelos en su artículo 65 establece que el concubinato es reconocido como una figura legal que protege la unión de hecho entre dos personas —ya sean del mismo o diferente sexo— que conviven de manera constante y permanente durante al menos dos años, o han procreado hijos en común, siempre y cuando no exista un impedimento legal para contraer matrimonio.

Los impedimentos también se encuentran establecidos en el Código Familiar, señalándose entre otros, que los contrayentes no deben ser menores de edad, parientes consanguíneos en línea recta o encontrarse casados con personas distintas.

Sin embargo en el año 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la exigencia de que ambos concubinos estuvieran libres de matrimonio. Esta resolución destaca que dicha condición era discriminatoria y violaba el principio de igualdad, al otorgar protección solamente a favor de las familias basadas en el matrimonio, ignorando otras formas legítimas de convivencia, y que por lo tanto la relación de matrimonio vigente entre dos personas es compatible o capaz de sobrevivir simultáneamente con una relación de concubinato, en palabras mas sencillas, un hombre o mujer puede tener un matrimonio vigente que le genera derechos y obligaciones y al mismo tiempo un concubinato con persona diferente que también le genere derechos y obligaciones.

Ahora bien, es muy importante destacar que aunque el concubinato es una relación que no inicia con las formalidades que la ley exige para el matrimonio, aún así genera derechos y obligaciones importantes, sobre todo en temas relacionados con la sucesión, la pensión alimenticia entre los integrantes de una pareja y la copropiedad de bienes pues aunque no existe un régimen económico específico (como lo es la sociedad conyugal o la separación de bienes), aún así los bienes adquiridos en común se consideran en copropiedad proporcional.

Por cuanto a la terminación del concubinato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que si alguno de los concubinos manifiesta su voluntad de no continuar con la relación e, incluso, abandona el domicilio en que cohabitaba con el otro, resulta claro que la unión material de hecho finalizó, sin que al efecto sea necesaria una determinación de tipo judicial, pues esa clase de uniones no requiere de ninguna formalidad.

Es fundamental conocer esta figura legal porque refleja un cambio en la forma en que se concibe la familia en la sociedad moderna. Además, comprender los derechos y obligaciones que nacen del concubinato permite a las personas tomar decisiones informadas sobre su vida en común, acceder a mecanismos de protección jurídica y evitar desamparos legales en casos de separación o fallecimiento.

Conocer el marco legal que respalda nuestras relaciones afectivas no solo es un acto de responsabilidad, sino una herramienta para garantizar el respeto y la equidad dentro de cualquier modelo de familia en la actual modernidad.

Dra. Clara Elizabeth Soto Castor

Karla Ocampo Castañeda