TEEM desahoga juicios para la protección de derechos político-electorales
Rechazó proyecto del Código Electoral por considerar facultad exclusiva del Congreso
El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) resolvió siete recursos de apelación, tres juicios para la protección de derechos político-electorales y un juicio electoral, que representan tres proyectos de resolución.
En el primer caso, se abordó el recurso de apelación TEEM/RAP/14/2023-1, presentado por el Partido Encuentro Solidario Morelos contra el acuerdo IMPEPAC/CE/333/2023. Este acuerdo otorgaba al partido un plazo de 30 días para modificar sus documentos básicos conforme al artículo 21 del Código Electoral local.
En segundo lugar, se trató el juicio electoral TEEM/JE/18/2023-1, iniciado por una ciudadana contra el acuerdo administrativo de la Comisión Ejecutiva Permanente de Quejas del IMPEPAC. Este acuerdo, del 12 de octubre de 2023, se relacionaba con la denuncia contra Margarita González Saravia Calderón y Morena por posibles actos anticipados de campaña y precampaña.
Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad. En el expediente TEEM/RAP/14/2023-1, se resolvió revocar el acuerdo impugnado, detallando los términos y efectos en la presente resolución. En el caso del expediente TEEM/JE/18/2023-1, se determinó el sobreseimiento del juicio electoral al haber quedado sin materia.
El tercer punto del orden del día abordó el proyecto de sentencia relacionado con los recursos de apelación y juicios de ciudadanos, identificados en el expediente TEEM/RAP/05/2023-2 y sus acumulados. Estos se presentaron contra los lineamientos para el registro de candidaturas indígenas aprobados por el IMPEPAC.
Sin embargo, el proyecto fue rechazado por mayoría, argumentando que el artículo 179 bis del Código Electoral reserva al Congreso local la emisión de leyes, reglamentos o normas que regulen el proceso de postulación de candidaturas, excluyendo regulaciones secundarias como acuerdos, lineamientos o reglamentos que se encuentren subordinados a la ley.
En el análisis del tercer y último punto del orden del día, se revisó el proyecto de sentencia vinculado a los recursos de apelación y juicios ciudadanos, identificados en el expediente TEEM/RAP/05/2023-2, y sus acumulados. Estos recursos fueron presentados por diversos partidos y ciudadanos, cuestionando los lineamientos para el registro de candidaturas indígenas aprobados por el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC).
La votación mayoritaria resultó en el rechazo del proyecto, sustentado en la interpretación del artículo 179 bis del Código Electoral. Según este artículo, la facultad exclusiva del Congreso local para emitir leyes, reglamentos o normas que regulen el proceso de postulación de candidaturas impide que disposiciones secundarias, como acuerdos, lineamientos o reglamentos, contradigan o modifiquen lo establecido por la legislatura.