Secreto a voces - Los cambios sociales en Venezuela: La Ley de Tierras (XVIII)
En opinión de Rafael Alfaro Izarraraz
Una de las primeras y principales medidas del gobierno revolucionario bolivariano encabezado por Hugo Chávez, fue la emisión de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, una de las medida más importantes que llevó a modificar la estructura social de la sociedad venezolana, lo que requirió de una gran movilización social en el medio rural. Esta ley tuvo como propósito atender las debilidades de la economía venezolana relacionado con la producción agroalimentaria que, como lo hemos expuesto en otras entregas, históricamente había sido deficitaria en perjuicio de las clases o segmentos de la población ubicadas en la parte inferior de la escala social. La nueva ley contempla la producción agroalimentaria en el marco de las tendencias de sustentabilidad ambiental y facultaba al Ejecutivo para en caso de ser necesario expropiar las tierras por causa de utilidad pública o social.
En Venezuela, por historia, la mayoría de las tierras agrícolas han pertenecido al Estado venezolano. La otra parte es privada. Uno de los principios que sostuvo esta ley, fundada en el conocimiento de especialistas, consistió en eliminar la existencia de tierras ociosas, baldías o escasamente productivas. Lo que por supuesto tocaba la existencia de latifundios, como ocurre en la mayoría de naciones latinoamericanas que no hicieron una revolución como la mexicana. La distribución de la tierra era un pendiente de la agenda social. La intervención del Estado en las empresas agrícolas fue considerada por los opositores como experiencias orientadas al fracaso, poniendo como ejemplo la experiencia rusa y cubana. No parece tener sentido estas críticas porque en realidad las familias campesinas apoyaron las acciones del gobierno, por lo menos hasta 2012.
Lo anterior no quiere decir que no existieran leyes, como es el caso de Venezuela, que promovieran reformas agrarias. Pero se trató de reformas, como la impuesta después de la caída de Marcos Pérez Jiménez, en 1958, promovida por el gobierno del Pacto de Punto Fijo. Aquella ley de 1960 establecía como fin la transformación agraria y contemplaba el derecho de las familias campesinas a poseer tierra, asesoría y apoyo técnico, así como el fin del latifundio. En 2001 gobernadores de Cojedes, Monaguas y Yaracuy, llevaron a cabo acciones de expropiación de tierras en sus respectivos estados. En 2005, siguieron los de Lara y portuguesa. Fueron afectados intereses de familias inglesas, entre otras. Era la época de la Alianza para el Progreso promovido por EU, muy distinta al hasta hace poco Consenso de Washintgon, en el marco de la disputa por la hegemonía entre EU y Rusia.
De aquella reforma, hasta 1985, sólo habían sido objeto de parcelamiento en “asentamientos campesinos 2.019.246 ha. El procedimiento de obtención de tierras fue la negociación y las tierras propiedad del Estado. “En total se afectaron unos 41 millones de ha, correspondiendo 40% a tierras privadas y 60% de tierras públicas. El total de familias asentadas alcanzó 156.300, aproximadamente” (p. 5, ver Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: una interpretación jurídica de sus contenidos y aplicación, autora: Luisa Elena Molina). En su planteamiento original la ley de 1960 también se planteaba eliminar el latifundio en Venezuela. En general, los estudiosos consideran a la ley de reforma agraria de 1960 como un fracaso. Es entendible, de lo contrario no hubiese tenido razón una nueva ley.
En el contexto de las normas que regulan el cuidado del medio ambiente y conocida como Ley Habilitante (que le otorgó a Chávez facultades para emitir decretos con fuerza de ley, emitida en noviembre de 2000), la nueva ley ocasionó resistencia de los grandes propietarios de tierra debido a que el nuevo modelo se proyectó afectar tanto a tierras públicas como privadas. Sin que lo anterior, por supuesto, impida la posesión individual de la tierra bajo el nuevo proyecto siempre y cuando se no se encuadren dentro de los criterios establecidos por la nueva Ley, improductivas o bien tierras ociosas. Como resulta de la experiencia latinoamericana, la actividad agroalimentaria generalmente es un espacio que requiere de importantes inversiones en infraestructura, un reto para un nuevo gobierno, que los gobiernos venezolanos venían efectuando desde la década de los treinta del siglo pasado.
De acuerdo a información que proporcionan autores de uno de los textos consultados que citamos en la bibliografía, Venezuela: “Cuenta con tan solo 1.903.000ha de terreno con suelos de buena calidad agrícola (clases I y II); las tierras con mediana calidad agrícola totalizan 9.326.000ha, de las cuales 2.678.000ha son tierras clase III y IV, y 6.648.000ha corresponden a tierras cuya calidad agrícola es marginal para la agricultura (clases V y VI), pero son muy aptas para pastos con diversos tipos de ganadería bovina semi-intensiva. Dentro de estas dos últimas clases de suelo (V y VI) no están incluidas 1.672.000ha que tienen severos problemas de salinidad y sodicidad, además de excesos de agua por problemas de drenaje. Las que exhiben los problemas de sales están ubicadas en toda la franja costera-litoral de Venezuela, donde los problemas de deficiencia hídrica (aridez) son acentuados. Las áreas con mal drenaje están localizadas en el sur del lago de Maracaibo y en los llanos bajos inundables de los estados Barinas, Portuguesa, Cojedes, Guárico y Apure”
Los rescates fueron acompañados por “invasiones” de tierras y hatos ganaderos, por todo el país. El “delito” de invasión tuvo que despenalizarse porque era necesario activar la vida productiva de las tierras. El derecho al servicio de la sociedad. Por supuesto estamos refiriendo una lucha social en la que grupos o campesinos fueron asesinados. Los ganaderos crearon grupos de sicarios a su servicio. El ejército estuvo del lado del pueblo, como ocurrió en diciembre de 2010 en el sur del Lago Maracaibo, en donde fueron tomadas 27 fincas. Tropas y tanquetas participaron en ese evento. En general los dos millones de hectáreas que han pasado a formar parte del nuevo proyecto agroalimentario del país, hasta 2008, solamente el 31 por ciento forman parte de los latifundios. (Continuará).
Bibliografía consultada: Molina R., L. E. (2013). Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: una interpretación jurídica de sus contenidos y de su aplicación. En Gutiérrez S., A. (Coord.), El Sistema Alimentario Venezolano a comienzos del Siglo XXI. Evolución, balance y desafíos (pp. 523-580). Mérida (Venezuela): Facultad de Ciencias Económicas y Sociales-Consejo de Publicaciones de la ULA. Serie Mayor, Vol. 1... Jaimes, Edgar, Mendoza, José G., Ramos, Yalitza, & Pineda, Neida. (2002). Propiedad de la tierra y la seguridad agroalimentaria de Venezuela. Interciencia, 27(12), 656-663. de Krivoy, Ruth. (2001). Perspectivas económicas de Venezuela. Gaceta Médica de Caracas, 109(3), 429-434. Recuperado en 12 de febrero de 2023.