Ultimátum al fiscal Carmona para atender tortura a mujer
En el caso, se han presentado sólidas pruebas de la inocencia de la quejosa
La FGE ha argumentado que el delito, que jurídicamente no puede prescribir, ya lo hizo
Por no haber atendido la denuncia de María Luisa Villanueva Márquez, presa presuntamente de manera injusta por un caso de secuestro en el penal de Atlacholoaya, el juzgado sexto de Distrito la amparó bajo el expediente 33/2019, el pasado 27 de agosto. Como consecuencia, ordenó al fiscal general del estado, Uriel Carmona Gándara, atender tal reclamo judicial, lo cual debe realizarse a más tardar mañana viernes 27.
De manera reiterada, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha puesto como pretexto la no atención a ese asunto, bajo la supuesta prescripción del delito. Éste sin embargo, jurídicamente no causa prescripción, según se lo aclara el juzgador federal a Carmona Gándara, "ya que de estimar lo contrario, conduciría a la indefensión de las víctimas y a la perpetuación de la impunidad, lo que resulta incompatible con la letra y el espíritu de los instrumentos nacionales e internacionales".
El reclamo de María Luisa está relacionado con su condena a 30 años de prisión, por un secuestro de la que fue acusada, mediante pruebas y testigos fabricados, según ha logrado documentar su defensa, encabezada por el abogado, Eutiquio Damián Santiago. Ella ya cumplió las dos terceras partes (20 años) de la sentencia, y podría ya solicitar su liberación, al haber mostrado comportamiento ejemplar durante su reclusión. Sin embargo, está decidida a egresar de Atlacholoaya, donde purga su condena, sólo cuando sea declarada inocente.
La interna, denunciante en el juicio de amparo referido, con fallo ya a su favor, argumenta haber sido torturada física y mentalmente cuando hace más de dos décadas fue detenida ilegalmente. Las agresiones en su contra se practicaron a fin de que aceptara su supuesta culpabilidad (situación que nunca aceptó) en el caso de plagio donde ella y su defensa han demostrado su inocencia (sin que ello haya significado su liberación aún).
Eutiquio Damián, el defensor, explicó que con el fallo en favor de su cliente, la FGE está obligada a llevar a cabo la más amplia investigación para constatar el tiempo, modo, lugar y circunstancias en que tuvieron lugar los hechos denunciados. El Representante Social, a la fecha, se ha negado a reabrir el caso e indagar al respecto, lo cual hoy está obligado a hacer.
Durante una rueda de prensa este miércoles, donde el abogado dio a conocer lo anterior, se realizó un enlace telefónico para los medios de comunicación, desde el penal, con María Luisa Villanueva Márquez. Ahí, se escuchó el mensaje de ella, en el que pidió respetuosamente al fiscal general que atienda su caso, en el cual se ha demostrado suficientemente su inocencia, además de destacar irregularidades y actos ilegales de los que fue víctima desde el primer momento, cuando fue detenida en enero de 1998.
Es importante destacar que, entre las múltiples irregularidades que padeció desde aquel año, y según lo que jurídicamente la aún interna ha denunciado, los actos de tortura referidos incluyeron violación sexual por parte de sus captores (agentes de la Policía Ministerial) durante la gestión en la entonces Procuraduría General de Justicia, de Carlos Peredo Merlo, durante el sexenio frustrado e inconcluso de Jorge Carrillo Olea.
En caso de incumplimiento por parte de la Fiscalía, ante el mandato de la autoridad federal, se hará acreedora a una multa y la destitución de los funcionarios que sean hallados responsables de tal omisión.