Delito de actos de crueldad contra animales domésticos: hacia una sociedad más humana
En opinión de Carlos Iván Arenas Ángeles
La grandeza y el progreso moral de una nación puede medirse por la forma en que trata a sus animales, pregonaba Mahatma Gandhi.
Y no es gratis: una persona que maltrata o violenta a un animal sin más razón que el puro placer o que es indiferente ante el sufrimiento de un ser vivo, es propensa a materializar esos actos de violencia en otros seres vivos, en personas. En esa medida, esa persona no hace más que demostrar su poca calidad humana, en tanto que parte de lo que define a la humanidad es la sensibilidad y la compasión de las desgracias de otros. Esa persona, no le hace bien a nuestra sociedad y por tanto su actuar debe ser sancionado.
La ciencia ya nos ha demostrado que el maltrato animal aparte de su valor intrínseco respecto a los animales, representa un indicador de riesgo social y de alteración de la salud pública[1].
También, se ha demostrado que quienes durante su infancia presenciaron actos de crueldad contra animales como algo normal o cotidiano, son propensos a repetir conductas que en su vida adulta violenten a otras personas[2].
En esas condiciones, es evidente que los actos de tortura o crueldad animal ya no pueden ser permitidos bajo ninguna circunstancia. Incluso el sacrificio de animales para consumo humano o en caso de necesidad vital, se debe realizar de una forma digna, rápida y sin sufrimiento del animal en cuestión, porque ¿qué sentido tiene la tortura y sufrimiento agonizante de los seres vivos sintientes, más que la propia degeneración de la humanidad?
Estas ideas, queridas personas lectoras, ya han permeado en nuestra sociedad y en nuestras autoridades.
Basta con revisar el caso de Athos y Tango, perritos rescatistas de la Cruz Roja que fueron asesinados por Benjamín “N”, quien no quería que los canes fueran entrenados en la jardinera de su colonia y para lograrlo decidió acabar con sus vidas alimentándolos con salchichas envenenadas. Este caso no pasó desapercibido: Benjamín fue encontrado responsable de la muerte de los canes y sentenciado a –cuando menos- 10 años y 6 meses de prisión, así como al pago de una multa de más de 2 millones de pesos. ¡Bravo, Jueza Alicia Basurto!
También podemos revisar el amparo indirecto 910/2022, que como el anterior se volvió de conocimiento público cuando el Juez Primero de Distrito de la Ciudad de México el 09 de junio de 2022 decidió suspender definitivamente (la tortura) las corridas de toros en la Plaza México, la Monumental. Por lo menos en lo que se resuelve el fondo del juicio de amparo. ¡Aplausos, Juez Jonathan Bass!
Y falta ver la cantidad de casos de maltrato animal –a veces brutales- que diariamente circulan en las redes sociales y que, en su mayoría, no son encausados en investigaciones criminales y eventuales judicializaciones.
Aplaudamos a estas autoridades que están dando pasos firmes hacia una cultura del respeto a la dignidad de la vida, tenga la forma que tenga, sea de la especie que sea.
Como podemos ver, el maltrato animal ya no es visto por nuestras autoridades como una cotidianeidad propia de la vorágine que diario nos engulle en el ajetreo de la vida moderna, sino como una atrocidad que no debe ser permitida, que debe ser castigada.
Y lo mismo debe pasar con nosotros, con la sociedad en la que vivimos. Recordemos las palabras de Gandhi citadas al inicio. Recordemos que nuestros actos nos definen como personas.
También debemos recordar que en Morelos, a partir de marzo de 2016 se legisló el maltrato animal creando el delito de actos de crueldad en contra de animales domésticos, pero solo cuando se causaba su muerte; delito que más tarde, en julio de 2021 se modificó para que ahora no sea necesario que el animal muera para perseguir y castigar a las personas autoras de la acción u omisión y se amplió la penalidad e hipótesis que lo agravan.
En otras palabras, está prohibido por la ley penal que se cometan actos de crueldad contra animales, ya sea que estos mueran o no.
Actualmente, aquí en Morelos se penaliza esos actos con penas que van de los tres meses a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a quinientas unidades de medida y actualización diaria, lo que para el momento de la publicación del presente equivaldría hasta $ 48,110 pesos mexicanos.
Penas que se pueden incrementar hasta en dos terceras partes en caso de que el delito se cometa con alguna de las agravantes que prevé el artículo 328 del Código Penal del Estado.
Sí, queridos lectores y queridas lectoras, sean conscientes de que en nuestro bello Morelos, quien cometa actos de crueldad contra animales puede terminar compurgando una pena de prisión de hasta seis años y ocho meses y pagando una multa de casi cincuenta mil pesos.
Drogar animales, diseccionarlos vivos, mutilarlos sin razón justificada, intervenirlos quirúrgicamente sin anestesia, abandonarlos, provocar riñas entre animales como espectáculo, mantener relaciones sexuales con ellos, torturarlos o maltratarlos e intervenirlos quirúrgicamente sin ser veterinario. Todos estos -con sus particularidades- son considerados actos de maltrato o crueldad.
Al Tribunal Superior de Justicia ya han empezado a llegar casos relacionados con este delito y no les sorprenda que empiecen a emitirse sentencias condenatorias por esos actos de crueldad.
Es tiempo de hacer consciencia sobre lo que implica vivir en una sociedad de la que nuestros animales también son parte, sobre los seres sintientes, sobre lo que implica la humanidad, sobre el respeto a la vida y su valía, sobre el respeto de nuestro entorno que al final del día es nuestra casa, nuestro santuario que debemos cuidar, procurar y honrar al estilo de los Na'vi en la película Avatar –dispensen la licencia al citar esta película, pero es un referente obligado en temas como el presente-.
Hay que hacerlo en razón de la consciencia de nuestra humanidad y lo que ésta implica, por la grandeza y el progreso moral de nuestra nación y claro, por nuestra propia libertad y economía.
Hasta aquí: “Justicia y Libertad”.
Carlos Iván Arenas Ángeles
MAGISTRADO Y DIRECTOR DE LA ESCUELA JUDICIAL.
TSJ DE MORELOS.