Corte agranda pugna de Tetela vs. Hueyapan

Comuneros alegan que la 54 Legislatura no ¨respetó¨ los acuerdos previamente acordados
De esta forma, los barrios de San Bartolo, San Jacinto, San Miguel (y otros) regresan a su origen

Corte agranda pugna  de Tetela vs. Hueyapan
La SCJN le da revés al Congreso del Estado y le da la razón al ayuntamiento de Tetela del Volcán, en el caso del municipio indígena de Hueyapan.

Cuautla, Mor.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor del ayuntamiento de Tetela del Volcán, con respecto al decreto 693 (emitido por el Congreso local): Hueyapan no posee clave geoestadística.

Por ende, con base en información oficial, este poblado indígena sigue siendo parte de la localidad tetelense.

Hace unos días, el ayuntamiento de Tetela, en voz del alcalde Israel González Pérez, informó sobre la presentación de un recurso de inconformidad, por el manejo que dieron los diputados locales sobre la delimitación entre ambas demarcaciones.

El edil tetelense recalcó que estaban en pláticas, y no había acuerdos finales entre ambos municipios.  El Congreso de Morelos (abundó) que no respeto acuerdos.

La determinación de la SCJN detalla que: “Se concede la suspensión para que los Barrios de San Bartolo, San Jacinto, San Miguel, San Andrés, San Felipe y las Rancherías de Tlacomulco, Huitzitziguiak, Olivar, Tenería y Los Tejocotes, se conduzcan como lo venían haciendo hasta antes de la emisión del Decreto 693, por el que se resuelve la controversia iniciada respecto a la delimitación territorial entre los municipios de Hueyapan y Tetela del Volcán”.

En el incidente de suspensión de la controversia constitucional 105/2020, la Corte resolvió que: “Se ordena que las cosas sigan como están hasta ahora y solicitó al Congreso y al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), se abstengan de hacer diligencias hasta en tanto se dicte sentencia en el expediente principal”.

La SCJN ordenó al Congreso del Estado y al INEGI evitar su intromisión en el caso y abstenerse de emitir la clave de área geo-estadística municipal para Hueyapan.

Por lo tanto, no hay delimitación territorial entre Hueyapan y Tetela del Volcán “oficialmente”, y se ordenó al INEGI abstenerse de emitir la clave.

En tanto, trascendió que el ayuntamiento de Tetela del Volcán seguirá prestando los servicios públicos municipales, y sus vecinos seguirán tributando al municipio, como se venía haciendo previamente a la emisión del referido Decreto 693. Por último, se le impone al municipio de Hueyapan abstenerse de llevar a cabo la demarcación del territorio en los términos precisados en la disposición transitoria quinta del multicitado decreto.