Concepto Social de la Discapacidad

En opinión de Eliseo Guajardo Ramos

Concepto Social de la Discapacidad

 

Luego de una pausa prolongada de más de 3 meses, reanudamos las entregas al Regional del Sur quien a hospedado esta columna, gracias a los buenos oficios de su periodista Gerardo Suárez. A quien extendemos una gratitud pública en estas páginas y Radio UAEM. Como ya no soy parte de la UAEM y me encuentro en otro espacio en la CNDH, ya no podré titular este especio “Inclusión Educativa en la UAEM”; hemos optado por “Concepto Social de la Discapacidad”. No será únicamente sobre la inclusión educativa, sino de todos los ámbitos de los Derechos Humanos contenidos atinentemente en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU. También, algunos artículos estarán firmados por un seudónimo, cuando estos sean de una subjetividad que comprometa la opinión pública del autor. Elegiré el de “Eliseo Guajardo Garza”, en honor a mi abuelo que al final de sus días perdió la vista, estuvo ciego por causa de cataratas que en su época eran prácticamente incurables. Máxime, que casi nunca salió de la Hacienda de Santa Rosa, Apodaca, Nuevo León de donde era oriundo. Estuvo casado con Clotilde Lozano Guajardo, a quien sí conocí en vida, ya que mi abuelo falleciera antes de que yo naciera. Por eso podía llevar su nombre, porque no era buena costumbre en esos ranchos de N. L. poner nombres de personas que todavía estaban con vida. Por el contrario, se honraba su memoria al poner su nombre a su decendencia.

 

El Concepto Social de Discapacidad surge en el marco de los derechos de todas las personas con discapacidad. Lo que implica que las personas con discapacidad no tienen como requisito para acceder a cualquier derecho que tengan un cierto nivel de desarrollo; a la inversa, las personas con discapacidad se desarrollan cuando acceden a sus derechos plenos. Un ejemplo, es pretender que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad demuestren ciertas competencias para poder ingresar a los diferentes escuelas o niveles educativos. Así era anteriormente, quienes se integraban a las escuelas regulares, lo hacían mediante un diagnóstico que definía que “ya estaban preparados” para convivir en una escuela regular. Cuando el resto de las niñas y niños bastaba que cumplieran con la edad para tener un lugar en la escuela. A los 6 años cumplidos ya podían ingresar, incluso, estaban obligados a ingresar. Este derecho, se extendió para todos sin excepción. Por lo que no se deben poner requisitos adicionales u obstáculos para que ingresen todos los niños.

 

Lo que ha estado ocurriendo es que los derechos a la inclusión se han considerado como una aspiración o buenos deseos, un horizonte al que deberíamos de dirigirnos “paulatinamente”. Van 30 años de que apareció el derecho a la integración de todos los niños en edad escolar obligatoria (primaria, en ese entonces) en el Art. 41 de la anterior Ley General de Educación (DOF, 1993). Y todavía se regatea ese derecho. No sólo es una incongruencia con el Concepto Social de la Discapacidad, lo es también con la concepción del derecho. Ya no se puede cuestionar, ni condicionar este derecho. Sin embrago, se sigue haciendo por las propias autoridades educativas.

 

Si bien es cierto, que existen los Centros de Atención Múltiple (CAM) de Educación Especial, no son para canalizar aquí a todos aquellos niños con discapacidades que resulten ser “más severas” y no son “admitidos” en las escuelas regulares. Los CAM se crearon para que fueran los padres quienes los eligieran con un conocimiento informado. Pero, ahí debían de llevar los mismos Planes y Programas que en las escuelas regulares, con adaptaciones, pero no con recortes. El CAM era una de dos opciones, pero no una alternativa de una educación diferente a la de todos los niños de su edad e interés. Los CAM deben ser una modalidad de la Educación Básica, como las escuelas unidocentes, o CONAFE, etcétera.

 

Incluso, cuando se crearon los CAM se pensaron como una opción temporal, ya que con el tiempo los padres irían eligiendo la educación regular con apoyo de USAER para sus hijos. Irían tomando confianza de que sus hijos podían cursar sus estudios básicos junto a los demás niños. Hasta se pensó que tendrían los CAM 20 años de existencia. No se cerrarían burocráticamente, sino que se irían extinguiendo su demanda. El personal de Especial se iría transfiriendo a los servicios de USAER. A 30 años, los CAM han tenido regresiones a escuelas especiales segregadas con predominancia de alguna de las discapacidades. Con Planes y Programas especiales. Pero no llevan los de las escuelas regulares o los llevan sumamente recortados. No llevan los mismos libros de texto porque ni se los distribuyen a Educación Especial o lo hacen si sobran o les legan tarde.

 

Lo que está ocurriendo es que algunos egresados de CAM están ingresando a las Preparatorias de algunas universidades autónomas. Y de golpe, tienen que llevar álgebra, química, física, bilogía, y no llevaron completas las matemáticas de los programas de secundaria. El recorrido y el esfuerzo es mucho mayor que el resto de sus compañeros universitarios.

 

La presión para que en los CAM lleven “adecuadamente” los mismos planes y programas de estudio que el de las escuelas regulares de los diferentes niveles obligatorios, de la Educación Media Superior y Superior.

 

Enhorabuena por la inclusión