Breves de Abogados y Políticos - Mensaje a aspirantes a edil

En opinión de Alejandro Corona Markina

Breves de Abogados y Políticos - Mensaje a aspirantes a edil

Como un mensaje puede tomarse el caso del aspirante a presidente municipal de Tepoztlán, Andrés Robles Ayala, por parte de los tribunales a políticos y aspirantes a políticos que, siendo funcionarios, deciden no cumplir con sentencias emitidas, sean administrativas, laborales o civiles.

Cuando la justicia federal estableció que los Tribunales Estatal de Conciliación y Arbitraje y el de Justicia Administrativa, no tienen atribuciones para destituir presidentes municipales, se comenzó la costumbre de no pagar laudos, ni otros fallos de carácter administrativo, prefiriendo ser multados o incluso el arresto administrativo. La idea es patear el bote, concluir la administración municipal y luego saltar al siguiente puesto público.

En el caso del expediente TJA/4aSERA/01 512018, la parte actora decidió no dejar el caso en simples amonestaciones o multas. Inició un Incidente No Especificado precisamente en contra de Andrés Robles Ayala, quien fungió como tesorero municipal de Tlaquiltenango, toda vez que cuando a éste se le requirió el cumplimiento a la sentencia de fecha 18 de marzo de 2022, no lo hizo y simplemente fue amonestado. Luego, en requerimientos posteriores, se le sancionó con multa equivalente a 40 Unidades de Medidas y Actualización (UMA), después con 70 UMAS, más tarde con 80 UMAS, luego con 100 UMAS y ni así acató el fallo. Cuando vino la sanción de arresto administrativo, se amparó y lo mismo hizo cuando se buscó la destitución; con los amparos, pateó el bote y concluyó la administración municipal.

La parte afectada con el incumplimiento, promovió entonces el Incidente No Especificado, para inhabilitarlo, mismo que fue declarado procedente por el voto unánime de los integrantes del pleno del Tribunal de Justicia Administrativa, en sesión de fecha 28 de febrero del año que transcurre.

Lo anterior cambia los planes del aspirante a presidente municipal de Tepoztlán, y del Partido Movimiento Ciudadano que pretende postularlo al cargo, pero al mismo tiempo es un mensaje a los políticos de que, si bien pueden jugar con los tiempos de la justicia, no siempre saldrán impunes.

Por lo tiempos en que se emitió la sentencia, el cálculo de la notificación y los quince días hábiles que tiene en este caso el señor Andrés Robles Ayala para interponer el amparo contra su inhabilitación, es posible que sí obtenga el registro de su candidatura, pues podrá alegar que no se trata de una resolución firmen e inatacable. Pero la autoridad electoral tendrá una papa caliente en sus manos al momento de decidir si valida el registro o no.

La sentencia dice en los resolutivos Segundo y Tercero, que se decreta una suspensión de un año a dicha persona, por tanto, está impedido para desempeñar cualquier cargo o comisión dentro del gobierno estatal o municipal.