Breves de Abogados y Políticos - Fin al decretazo
En opinión de Alejandro Corona Markina
En tanto el Fiscal General, Uriel Carmona Gándara, era reaprendido por cuarta ocasión en el penal de Alta Seguridad del Altiplano, en aquel 19 de septiembre de 2023, ese mismo día el Gobierno del estado urgió al Congreso local para que designara un nuevo titular de la institución, esto al haberse rebasado los días previstos para una ausencia temporal.
De inmediato, los diputados del llamado “G-15” respondieron con un decretazo (1324), para impedir la remoción del funcionario. El documento, fue hecho sobre las rodillas, sin permitir el análisis del mismo y cínicamente ordenaron su publicación para ese mismo día, sin permitir que pudiera el ejecutivo hacer observaciones, bajo el argumento de que se trataba de una reforma a la Ley Orgánica del propio Congreso del Estado de Morelos, y que por lo mismo -de acuerdo con la lógica de los corruptos legisladores-, no tiene porqué intervenir a aquel. En cuatro horas ocurrió todo eso.
Para que no quedaran dudas de que se trataba de un decreto hecho a la medida del fiscal, se legisló para que en caso de que el titular de un órgano constitucionalmente autónomo, se encontrara ausente en el ejercicio de su cargo (por estar detenido, arraigado o procesado judicialmente), sólo podrá ser removido por “…decisión firme e inapelable de un órgano judicial…”.
Como la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, no preveía la situación de la ausencia de su titular, los diputados insertaron a la diversa Ley Orgánica del Congreso del estado de Morelos, el Título Décimo Tercero, denominado “De las ausencias de los titulares de los órganos constitucionales autónomos”, con un capítulo único de los supuestos de ausencia, para establecer que, “cuando la legislación interna de cada órgano autónomo no prevea lo relativo a las ausencias temporales o definitivas, se recurrirá a los previsto en los artículos 150, 151 y 152 que incorporaron al marco legal del Congreso.”
Además, colocaron candados y blindaje doble para impedir la remoción de Uriel Carmona Gándara, esto cuando establecieron que “tendrá lugar la ausencia definitiva de las personas titulares de los órganos constitucionales autónomos cuando concluya el periodo por el que fueron designadas; en caso de muerte o interdicción así determinada por resolución firme e inatacable de la autoridad jurisdiccional competente; por renuncia del cargo que le fue conferido, para lo cual la persona titular integrante de que se trate deberá comparecer de manera personal ante el Secretario de Servicios Legislativos y Parlamentarios para ratificar dicha renuncia y manifestar las razones que la motivan, quien dará cuenta de inmediato a la Presidencia de la Mesa Directiva; por determinación firme e inatacable de un órgano jurisdiccional; y por determinación firme e inatacable del Congreso del Estado o del Tribunal Superior de Justicia del Estado en los supuestos que prevé la Constitución Federal, la Constitución del Estado, la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos o la norma que le sustituya, según corresponda, y previo cumplimiento de la garantía de audiencia concedida a su favor.” ¿Así o más complicidad? Poco falto para que en el decreto pusieran que: “cuando el titular se llame Uriel, no será removido nunca jamás”.
Ante este arbitrario proceder, tuvo que ser el Gobierno Federal el que pusiera un alto a tanta barbaridad y así se interpuso la Acción de Inconstitucionalidad, medio de impugnación que recibió el número 207/2023.
El pleno de la Suprema Corte falló el pasado 13 de junio del presente año, declarando inconstitucional el mencionado decreto 1324. El desaseo legislativo era evidente, no había forma de ayudarles a los despreciables diputados del “G-15”, pues como bien determinaron los ministros, se afectó el principio de Democracia Deliberativa, así como la facultad del Ejecutivo para formular observaciones, falta de motivación y premura injustificada del proceso legislativo.
Lo cierto es que esta descarada protección al fiscal, hizo que varios diputados del Movimiento de Regeneración Nacional, pagaran factura y se olvidaran de volver a ser tomados en cuenta en el pasado proceso electoral, tal como sucedió con Macrina Vallejo Bello; Alejandro Martínez Bermúdez y María Paola Cruz Torres. En el caso de Tania Valentina Rodríguez Ruiz, quien es del Partido del Trabajo, aliado de Morena, su castigo fue que se le negara la senaduría y si bien repetirá como plurinominal en el Congreso local, esto se debe a que es dueña de la franquicia petista en la entidad.
Mientras, el tiempo pasa inexorable y se prevé que, en muy poco tiempo, se vaya Uriel Carmona Gándara de la Fiscalía, pues la futura presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, ha puesto entre sus prioridades, atender el pendiente que tiene sobre el asunto Morelos, donde ella misma fue partícipe cuando era jefa de gobierno de la Ciudad de México. Es un asunto personal por el encubrimiento que dio el Fiscal al feminicidio de Ariadna Fernanda López, ocurrido el 30 de octubre de 2022.
Si bien del “G-15” repetirán cinco diputados (tres del PAN, una de MC y la mencionada Tania Valentina), no podrán seguir solapando a Uriel Carmona, pues ahora no tendrán el voto cómplice de ningún diputado de Morena. O al menos eso se espera.