Con excusa de semáforo naranja, el TSJ vuelve a limitar su trabajo

Con excusa de semáforo naranja,  el TSJ vuelve a limitar su trabajo
Rubén Jasso Díaz, quien precisó que la mitad del personal que no estará presente seguirá trabajando desde su domicilio y respetando los horarios labores.

Tras el cambio del semáforo epidemiológico de la pandemia del covid-19 a color naranja, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) determinó reducir al 50 por ciento, el número de trabajadores y personas que pueden ingresar a las oficinas judiciales, con el fin de evitar el contagio de esta enfermedad.

Así lo anunció a través de un comunicado el magistrado presidente, Rubén Jasso Díaz, quien precisó que la mitad del personal que no estará presente seguirá trabajando desde su domicilio y respetando los horarios labores.

"Se establece reducir al cincuenta por ciento la presencia de los servidores públicos que laboran en los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas, en la inteligencia, de que el 50% del personal restante, trabajará desde sus domicilios, y deberá estar disponible dentro del horario laboral", se lee en el documento.

Lo anterior, forma parte del cumplimiento al “Protocolo de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral del Poder Judicial del Estado de Morelos”, mismo que fue aprobado por los integrantes del Pleno del TSJ en julio de 2020.

Jasso Díaz agregó, que esta determinación se estableció conforme a la nueva reasignación de rangos en el semáforo de alerta sanitaria, establecido por la Secretaría de Salud federal y sus similares de los estados, que en nivel naranja se permite el aforo de espacios entre el 30 y el 50 por ciento, así como el uso obligatorio de cubrebocas en espacios públicos cerrados.

Cabe recordar, que mediante acuerdo 07/2021 aprobado el pasado 24 de mayo, el Pleno  Tribunal Superior de Justicia determinó que las áreas que deberán continuar laborando al 100 por ciento son las de intendencia, vehículos, mantenimiento, informática y áreas comunes.

Además, los encargados de cada área administrativa al momento de realizar las rotaciones del personal, deberán considerar que aquellas personas a quienes se haya administrado un esquema de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 y habiendo, transcurrido dos semanas posteriores a la aplicación de la última dosis, no serán consideradas dentro de la población en situación de vulnerabilidad para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria.