SCJN echó abajo Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de Morelos
Ante una acción de inconstitucionalidad de la CNDH
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la Ley de Ingresos y el Decreto número 661 por el que se aprobó el Presupuesto de Egresos, ambos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2020, al haber sido aprobados fuera del primer periodo ordinario de sesiones del Congreso local y sin que hubiera sido convocada, para tal efecto, una sesión extraordinaria.
El Pleno de la SCJN consideró que, en virtud de que los ordenamientos impugnados no fueron aprobados dentro de los plazos consignados para el primer periodo ordinario de sesiones en la Constitución, la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso del Estado de Morelos, ello generaba inseguridad juridica; asimismo, puntualizó que aun cuando tal inobservancia no afectó el debate parlamentario ni el producto final, es decir, los ordenamientos impugnados, lo cierto es que la existencia de periodos especificos de duración de las sesiones ordinarias tiene como objetivo que, en ese lapso, el Congreso ejerza sus atribuciones dando validez a sus actos, para asi respetar el principio de seguridad juridica.
La invalidez decretada no tendrá efectos retroactivos y, a partir de que sean notificados los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso de Morelos, deberán aplicarse la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal 2019.
Lo anterior está relacionado con una acción de inconstitucionalidad 116/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de la Ley de Ingresos y el Decreto 661 por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos, ambas del Estado de Morelos, para el ejercicio fiscal de 2020, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad el 29 de enero de 2020.