Responde magistrado Carlos Iván Arenas a comunicado del TSJ
Aclara situación sobre la Junta de Administración
A manera de aclaración, el magistrado Carlos Iván Arenas Ángeles, dio respuesta al comunicado 092 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el cual trata sobre la continuidad del concurso de oposición para ocupar los espacios jurisdiccionales, el funcionario señaló que esta acción fue “solo en cumplimiento a una ejecutoria de amparo.”
En el pasado comunicado el TSJ indicó que después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “validó la creación de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina”, veinte plazas, 18 de Juez de Primera Instancia y 2 de Juez Menor, continuarán la fase de entrega de documentos y cotejo de los mismos.
Ante lo cual el impartidor de justicia aclaró que el reinicio del proceso mencionado arriba no fue por el dictamen de la SCJN, sino que fue por la obligación del Poder Judicial ante una orden federal.
“A la magistrada Cuevas la justicia federal le ordenó continuar con el proceso de designar a jueces mediante concurso de oposición; a pesar de su oposición a designar a jueces mediante concurso como lo mandata la constitución”, aseguró Carlos Iván.
Para aunar en la temática, el magistrado sentenció: “cabe recordar que [Verónica] suspendió el proceso sin explicación alguna y designó sin concurso a 11 jueces”, argumentando que esta acción, considerada por él como un atentado contra los derechos de los concursantes, no tiene cabida dentro del Poder Judicial.
“Y es que después de casi tres años de un litigio que interpuso un participante, mediante un juicio de amparo, se logró obligar a la magistrada Cuevas a reanudar con él proceso para designar jueces mediante concurso de oposición”, expresó Arenas Ángeles, asegurando de nueva cuenta que no fue por la buena voluntad de la magistrada presidente que se reinició el concurso, sino por una cuestión de obligación legal.
Dentro de los argumentos expuestos por Carlos Iván aclara que el dictamen de la Suprema Corte, respecto a la Junta de Administración, no fue una “validación como tal”, sino que se trató de un sobreseimiento, puesto que la controversia se basó en el órgano provisional y previo a la Junta de Administración, la llamada Comisión Transitoria (CT).
Entonces, asegura el funcionario que al momento de que la temática sube al Pleno de la SCJN, la controversia “ya carece de fundamento” puesto que la CT no existe más, porque ya se encuentra en funciones la Junta de Administración, por lo cual “los ministros ya no tienen nada que analizar”.
“Por otra parte la Corte no validó la Junta de Administración, lo que se resolvió fue que no entró al estudio del caso porque esa reforma quedó sin efectos, mentira que [se] validó, cuando hay causales de improcedencia no se estudia la constitucionalidad del acto”, dijo al respecto el magistrado.
Por último, Iván Arenas envió el siguiente mensaje hacia aquellos abogados que, presuntamente, han luchado por obtener un lugar dentro de las filas del Poder Judicial, en busca de “impartir justicia de manera autónoma e independiente.
“Felicitamos y celebramos a quien enfrentó la resistencia de quienes se oponen en el poder judicial para garantizar jueces autónomos, independientes y valientes”, ultimó Carlos.