Covid-19 posterga sucesión en SNTE
Los estatutos ponderan los tiempos en que habrá se suscitarse esta alternancia
De modo oficial, se determinó que las elecciones serán hasta el semáforo verde
La propagación de la pandemia de covid-19 obligó a la Sección 19 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación a postergar el proceso de sucesión: hasta que el semáforo epidemiológico se encuentre en color verde.
Así lo confirman los estatutos. Empero, se confirmó la existencia de los llamados candidatos “adelantados”.
El profesor Felipe Valdovinos pretende integrarse en la terna de disputa del órgano magisterial. En ese sentido, expresó que, en su momento (si llega a ser elegido) va a “construir nuevos liderazgos”.
De acuerdo a información oficial, la actual lideresa, Gabriela Bañón Estrada, continuará al frente, en tanto no se definan las reglas de contienda. En ese sentido, se aclaró que la convocatoria correspondiente todavía no se emite.
En suma, informaron -desde la dirigencia- que estarán atentos a los tiempos que marque el sector salud, en cuanto al combate de la enfermedad.
Conforme al Estatuto, en su precepto 248, se afirma: “Serán formas de votación en las Asambleas Plenarias Nacionales y Seccionales, para la elección de dirigentes la siguiente: el voto directo, secreto y nominal. Artículo 249. El voto directo, secreto y nominal, se utilizará para la elección de dirigentes en los ámbitos Nacional, Seccional, Delegacional, Representación de Centro de Trabajo y de Escuela. Podrá llevarse a cabo la elección a través del voto universal, directo y secreto, en los ámbitos Nacional y Seccional, cuando existan circunstancias especiales y previo acuerdo del Congreso o Consejos Nacionales”.
Se afirma que, en caso de que alguna sección que presente “las características de contar con hasta dos mil agremiados por delegación, se autoriza celebrar jornadas electorales, a efecto de agilizar y cumplir con los trabajos establecidos…”.
Al final, el Estatuto es “… la Ley suprema del Sindicato en su régimen interior; los miembros del Sindicato y los Órganos de Gobierno Sindical están obligados a observarlo. No podrán ponerse en práctica normas organizativas o de funcionamiento que no estén consignadas o en contravención a este ordenamiento, salvo aquellas que se dicten por la Presidencia del SNTE, el Comité Ejecutivo Nacional en cumplimiento de un acuerdo o autorización expresa de un Congreso Nacional y/o Consejo Nacional”.