Presentan iniciativa de Ley de voluntad anticipada por enfermedad terminal

Presentan iniciativa de Ley de voluntad anticipada por enfermedad terminal

El diputado Julio César Solís Serrano, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa para crear la Ley de Voluntad Anticipada en materia de Salud para las personas en caso de contingencia o de enfermedad terminal del Estado de Morelos, la cual no implica permitir la eutanasia, sino el no evitar la muerte natural con diversos procedimientos médicos.

 

El legislador dijo ante el Pleno del Congreso que “el derecho a vivir como el derecho a morir, son derechos inalienables o naturales que todo ser humano posee, por lo que con la presente iniciativa se pretende garantizar el respeto de las decisiones que todo individuo tome respecto de cómo terminará su existencia”.

 

Expuso que su iniciativa permitiría a las y los morelenses, dejar en claro, en caso de que así lo deseen, que no serán sometidos a procedimientos médicos o de resucitación, que solamente prolonguen de manera artificial su vida, la cual de manera natural está llegando a su fin.

 

Precisó que la Voluntad Anticipada, para la que no existe reglamentación en Morelos, ha sido legislada y se encuentra vigente en Aguascalientes, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Tlaxcala, San Luis Potosí y Yucatán.

 

Esta Ley representa una liberación a los familiares del otorgante, de la responsabilidad de decidir a qué procedimientos deberá someterse aquel, cuando padezca alguna enfermedad terminal o sufra algún accidente que ponga su vida en una fase final.

 

“La muerte, para los que ya han caminado por la vida hasta la vejez o para los que desgraciadamente tienen una enfermedad terminal o han sufrido algún accidente, resulta en ocasiones, un descanso a su sufrimiento y dolencias”, subrayó.

 

Indicó que, la voluntad anticipada no es más que una guía o manual de indicaciones y pasos a seguir para las personas que se encuentren en las contingencias que se han expresado y para aplicarla, un médico certificado debe determinar la enfermedad en fase terminal o etapa final de la existencia y sus periodos tentativos de duración.

 

Se incluiría a los juzgados de paz municipales, como facultados para recibir la comparecencia en la que los ciudadanos podrán manifestar su intención de acogerse a esta ley; la iniciativa, que fue turnada a comisiones legislativas para su análisis y dictamen, propone además, que en los municipios en los que aún no hay notarías públicas, se facilite a los ciudadanos ejercer ese derecho y no resulte oneroso para los mismos, siendo que solamente tendrían que cubrir el costo de las copias certificadas de dicha comparecencia para llevarlas a la coordinación especializada.