Ejecutivo y Judicial reciben 32 mdp para el sistema de justicia laboral
Ambos son responsables de la correcta aplicación de los recursos
Ahora, las partes acudirán a la instancia conciliatoria, antes que a tribunales
A Morelos llegarán próximamente más de 32 millones de pesos por concepto del subsidio para la segunda etapa de implementación de la reforma al sistema de justicia laboral.
Así quedó formalmente establecido, según el convenio de coordinación publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que signó, por parte del gobierno federal, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, por Morelos, la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo.
Para el cumplimiento de ese objetivo, el gobierno federal, a través de la dependencia referida, asignará la cantidad de 32 millones 318 mil 501 pesos y 9 centavos, según al recurso autorizado por el Comité de Evaluación.
Ese dinero se divide prácticamente a la mitad para creación de los centros de conciliación, por una parte, y para el establecimiento de los tribunales laborales locales, por la otra.
Para el primer concepto, se destinan 16 millones, 320 mil 259 pesos y 86 centavos. Para el segundo, habrá 15 millones 998 mil 241 pesos y 23 centavos.
El convenio, signado por las dos partes referidas, y publicado ayer en el DOF, establece que la ejecución del proyecto y el ejercicio de los recursos serán responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo de Morelos y del Poder Judicial del estado, según corresponda.
Según el nuevo marco legal vigente en el país, antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deben asistir a la instancia conciliatoria correspondiente, para lo cual, en el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los centros de conciliación, especializados e imparciales que, para tal fin, se establecerán en cada entidad.
En Morelos, se deberá realizar, por conducto de la instancia estatal responsable, el Poder Judicial del estado o los enlaces designados, las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas; a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
Además de ello, se tiene que requerir, con la oportunidad debida, a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas de los proyectos previstos en el convenio en comento.