Inclusión Educativa en la UAEM - La no exclusión escolar: Procuraduría de Derechos Académicos, UAEM

En opinión de Eliseo Guajardo

Inclusión Educativa en la UAEM - La no exclusión escolar: Procuraduría de Derechos Académicos, UAEM

A principios del Siglo XX, Justo Sierra, Ministro de Educación de Porfirio Díaz, pretendía instaurar la obligatoriedad de la Educación Primaria en México. En otras palabras, la Escuela Pública Obligatoria. Que tenía que ser gratuita para que fuera realmente obligatoria. Actualmente, la Educación Obligatoria abarca a todos los niveles y tipos educativos, desde Educación Inicial –guardería o CENDI- hasta la Educación Superior. Así, todo el sistema público de educación es obligatorio. Por lo que ya no tiene sentido decirle que es obligatorio para diferenciarlo del no obligatorio u optativo.

 

Lo anterior, se refiere a la obligatoriedad del Estado Mexicano para ofrecer la educación a quien lo solicite, a cualquier tipo y nivel educativo. Más que a que sea obligatorio que toda la población estudie hasta el nivel superior, si no lo desea o no puede hacerlo.

 

En la época de Justo Sierra, la población rural era la mayoritaria en el país. Y muy pocos querían ir a la escuela Primaria, único nivel educativo obligatorio. Creían, que era perder el tiempo, que mejor ese tiempo lo dedicaban a las labores del campo para aprovecharlo mejor. Como que la escuela estuviera para los niños que no necesitaban trabajar a esas edades. Y Justo Sierra era enfático en la obligación de todos los niños en edad escolar de Primaria. Sólo disculpaba a quienes no tenían que asistir a la escuela a todos aquellos niños que tuvieran alguna discapacidad. Eran estos niños la única excepción.

 

El pasado 23 de octubre de este año 2019, poco más de 100 años después de esta dispensa de Justo Sierra para que los niños con discapacidad no tuvieran que asistir a la escuela obligatoria, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió una resolución que obligaba a todo el sistema educativo de la Federación, Estados y Municipios para que ningún niño con discapacidad le sea negada la oportunidad de asistir a la escuela. Bajo ninguna excusa ninguna escuela del país podrá negar el ingreso a sus aulas a ningún niño, incluyendo a ningún niño con alguna discapacidad.

 

Resulta que una niña Mazahua con Síndrome de Down fue rechazada en una escuela del Estado de México a la edad de 7 años, que solicitaba ingresar. Citlai es su nombre. Sus padres interpusieron un amparo porque les estaban negando un derecho constitucional, como es la Educación Primaria. La demanda llegó a la Suprema Corte y el fallo, tras dos años de juicios, le dio la razón a los papás de Citlali. El resolutivo señala que la escuela y el sistema debe de adecuarse a Citlali y no ella adaptarse su escuela. Además, dentro de los ajustes razonables a los que tiene derecho son apoyos para que ella pueda aprender, incluso un “maestro sobra”. Esto se refiere a que tiene derecho la niña indígena y con Síndrome de Down, a contar con un maestro que la acompañe todo el tiempo que sea necesario, dentro del aula junto a ella para que pueda aprender.

 

Hay que considerar que Citlali estaba siendo discriminada como niña, como indígena y como niña con Síndrome de Down. Por tres razones por las que se suele discriminar, mujer, indígena y Down. A esto la Comisión Nacional de Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), cuya cabeza de sector gubernamental es la Secretaría de Gobernación, y quien salvaguarda los Derechos Humanos de los mexicanos, le llama: “interseccionalidad”. Se refiere cuando se cruzan los motivos para discriminación y son más de uno. Aquí son tres.

 

Lo más asombroso es que cuando los derechos se cuidan desde la inclusión, se pueden enumerar por: género, interculturalidad, discapacidad, pobreza extrema –como son los jornaleros migrantes-, y diversidad sexual. Pero, cuando se pone la óptica no en la inclusión, sino en la no-exclusión o no discriminación, los grupos o sectores a los que puede abracar son muchísimos más. Porque aquí, están los niño de la calle y los niños en la calle; o los niños con sida, o los que tienen deformaciones, o los que tienen obesidad mórbida, etcétera.

 

Esto nos hace pensar que la política gubernamental debiera ser sobre la no-discriminación o no-exclusión, más que sobre la inclusión, denominada oficialmente Educación Inclusiva.