112 mdp al año, a pensiones del TSJ
Ricardo Rosas Pérez, expresidente del tribunal, es el primero en la lista, con más de $136 mil al mes
Del erario estatal se destinan 7.5 millones al mes para 402 jubilaciones; varios, con más de $100 mil
El expresidente del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Rosas Pérez recibe una pensión mensual de 136 mil 576 pesos. En total, existen 407 jubilados; el monto que se les destina (cada 30 días) asciende a 7.5 millones.
Así lo constata una investigación de “Morelos Rinde Cuentas”. Con base en eso, continúan los siguientes extrabajadores (algunos exmagistrados): Wilfrido López Luna: 111 mil 520 pesos, Samuel Sotelo Salgado: 105 mil 543, Jesús Vallejo Jiménez: 102 mil 25, Virginia Popoca González: 97 mil 672, Ezequiel Honorato Valdez: 97 mil 540, Maura Aurora Linares Serrano: 93 mil 634, Ramón García Jácome: 90 mil 211.
Asimismo, con 90 mil 211 están dos más: Jesús Guadalupe Dávila Hernández y Juan Manuel Díaz Popoca. De igual forma, Rodolfo de Jesús Cuevas Salazar: 89 mil 440, Jesús Antonio Tallabs Ortega: 88 mil 473, juan Manuel Jiménez Alegre: 83 mil 653, Roberto Pérez Guerrero: 78 mil 391, María Emilia Acosta Urdapilleta: 67 mil 166, María Guadalupe López Román: 64 mil 28, Maurilia Rosina Domínguez Valdez: 64 mil 28.
Continúan: Florencio Altamirano Chávez: 64 mil 28; con esta misma cifra se suma: Isabel Bello Sotelo. Siguen: Ladislao Gutiérrez Rendón: 59 mil 479, Salvador Vargas Rangel: 57 mil 857, Guillermo Ortega Ocampo: 48 mil 620, Francisco Javier Lara Manrique: 47 mil 697, María Dolores Páez Linares: 47 mil 615, Raymundo Arcíbar Lazo: 47 mil 572, José de Jesús Arturo Castillo Cardona: 46 mil 143, Gabriel Armando Malpica Vides: 46 mil 101, Guadalupe Delfina Arredondo García: 45 mil 308 y Ángela Navarro Montes: 44 mil 523.
Cabe decir que este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en reciente sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, validó el artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos, conforme al cual, el “haber de retiro” de los magistrados consiste en una prestación económica que se cubre mediante el pago, en una sola exhibición, de tres meses de salario y un mes más por cada dos años de servicios prestados.
El Pleno resolvió que no se incurrió en una “omisión legislativa” y que el Congreso Estatal no invadió la competencia del Poder Judicial local, puesto que no se encontraba obligado a legislar en los términos en que el Tribunal Superior de Justicia presentó la iniciativa respectiva, sino a considerarla y, en su caso, “motivar por qué se apartaba de ella; como efectivamente lo hizo”.