Revocación de Mandato, control del pueblo
En opinión de Lucy Meza
El día de ayer tras un acalorado debate, el Senado de la República aprobó las reformas Constitucionales que establecen las figuras de democracia directa de revocación de mandato y consulta popular.
Ambas figuras no sólo dotan de derechos humanos, civiles y políticos a todos los mexicanos, sino que también son instrumentos que fortalecen nuestro propio sistema democrático. Un país democrático no se puede entender sin el derecho, de votar y ser votado, a elegir a sus gobernantes y retirarlos del cargo.
A través de estas históricas y transformadoras reformas se garantizan dos derechos inalienables para todos los mexicanos y mexicanas.
El primero de ello, es el control que asumirá el pueblo en la evaluación de la actuación del presidente y de los gobernadores estatales. A partir de ahora, los ciudadanos tendrán el derecho de retirar de sus cargos aquellos gobernantes que no cumplan con su encargo.
El fondo de estas reformas es evitar, tiranías, autoritarismos, excesos, abusos y enriquecimientos de los gobernantes. Es decir, se va a acabar con aquellos gobernantes que abusan y se exceden en el ejercicio del poder.
Y en esta reforma se incluyen restricciones para ser objeto de consulta sobre la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos, pues la revocación de mandato no se utilizará para refrendar a ningún gobernante en su cargo.
Además, la reforma Constitucional prevé el derecho de ejercer la revocación del mandato a partir del cuarto año de ejercicio del cargo de presidente y gobernador. Es decir, en tiempos distintos a los procesos electorales, para no influir de una o de otra forma y para no contaminar las elecciones.
El segundo, tiene que ver con el derecho y los mecanismos para garantizar la participación de los ciudadanos, a través de la consulta popular, tendiente a involucrar a los ciudadanos en la toma de decisiones gubernamentales.
Sólo se requerirá un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores para que los ciudadanos puedan solicitar su participación en determinadas decisiones que se tengan que tomar desde el Poder Ejecutivo.
Para el caso de las consultas populares en temas de trascendencia regional, decompetencia de la Federación, podrán participar los ciudadanos de una o más entidades federativas, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.
De acuerdo a las reformas aprobadas el día de ayer, la Consulta Popular será el mecanismo de participación ciudadana que sirva para ejercer el derecho constitucional de votar en torno a temas de trascendencia, de manera que su voluntad, vinculante pueda incidir en el debate y las decisiones que adoptan los órganos representativos del Estado.