Inclusión Educativa en la UAEM - Hacia los Lineamientos de los Ajustes Razonables y Ayudas Técnicas: UAEM

En opinión de Eliseo Guajardo Ramos

Inclusión Educativa en la UAEM - Hacia los Lineamientos de los Ajustes Razonables y Ayudas Técnicas: UAEM

La UAEM, desde 2020, cuenta con un Reglamento General de Ingreso, Revalidación y Equivalencia. En el cual se define con toda claridad cómo ingresan los aspirantes a la Educación Media Superior (Preparatorias) y Licenciaturas a la universidad. En el mismo, se determina que para que exista igualdad de oportunidades de los jóvenes aspirantes, se realizarán los ajustes razonables necesarios y las ayudas técnicas suficientes para que todos hagan el mismo procedimiento, sin excepciones. Mientras se elaboraban los Lineamientos de este Reglamento General, se ha anunciado la abrogación de este Reglamento vigente; se sustituirá por otro completamente nuevo, que abarque el ingreso y la permanencia en sus estudios. Lo que se venía haciendo era hacer extensivos los criterios de igualdad en el ingreso y, también, para su permanencia y egreso. Ahora, se tomará pausa a que se apruebe el nuevo Reglamento para armonizarlo con un nuevo proyecto de Lineamientos.

Es importante aclarar que, en la arquitectura de toda la normativa de la UAEM, existe un espíritu de inclusión y no se reduce a uno solo de sus Reglamentos Generales. Porque, en 2021, se reestructuró su Estatuto Universitario, que es la máxima norma de la universidad, después de su Ley Orgánica -que es de la competencia del Congreso Local-. Y en éste, se especifica en su Artículo 3: Artículo 3, “…en lo referente a que el interés superior del estudiante en lo atinente a su inclusión, continuidad y permanencia, y demás principios y valores establecidos…”. Repitiendo, es la inclusión, la continuidad y permanencia del interés superior de la universidad. Ningún Reglamento, general o específico, puede ir en contra de este precepto.

Por otra parte, en noviembre de 2022, se aprobó un nuevo Código Ético Universitario, que es el espíritu intencional de toda normativa, proceso y procedimiento en la universidad. Este código se compone de Principios, Valores y Atributos, jerárquicamente hablando. Tres son los Principios: Dignidad; Justicia; y, Excelencia.

Uno de los valores de la Dignidad, se explicita, es la “sociodiversidad”. Y en la explicación del principio de la Justicia, se explica como “revocar toda forma de dominación, exclusión…así como los beneficios de la cultura, la igualdad de oportunidades y la autonomía universitaria”. La Justicia va más allá de la literalidad de la norma o reglamento alguno. Se refiere al sentido de interpretación de la norma sea justa para el alumno con o sin discapacidad, funciona como exposición de motivos. Esto es, como un marco para interpretar cualquier norma.

Además, este principio de Justicia genera valores, entre los que están el de “Igualdad y No Discriminación. Valor que consiste en reconocer, promover o proteger en la Universidad y en la sociedad una relación de equivalencia en dignidad, en derechos y en oportunidades entre las personas. Por ello, significa rechazo a toda exclusión o restricción en el ejercicio de algún derecho por razones de sexo, género, identidad sexual, embarazo, raza, origen étnico, nacionalidad, idioma, estatus migratorio, estatus socioeconómico, de salud, discapacidad, ideología, color de piel o aspecto físico”. Como se puede apreciar es un valor transversal que no se reduce a la discapacidad, pero la contempla, explícitamente. Tan es así que se amplía a: “El uso de lenguaje inclusivo no sexista y las medidas contra el acoso laboral y sexual constituyen manifestaciones de este valor al interior de la Universidad. Este valor, a su vez, “…genera el atributo de Respeto: “RESPETO. Atributo de conducta que consiste en reconocer a todas las personas como iguales en dignidad y derechos; por ende, merecedoras de protección jurídica y social frente a la discriminación, la violencia, los abusos, el acoso y la explotación. El respeto está en la base del ejercicio de los derechos humanos y de la vida universitaria; se manifiesta en el trato incluyente que demanda reciprocidad”.

Otro valor relevante para la inclusión es la “SOLIDARIDAD. Es la principal característica de la equidad que consiste en procurar lo justo tomando en cuenta las diferencias de las personas, las circunstancias y los contextos; radica en el reconocimiento de la vulnerabilidad de algunas de ellas y la consecuente disposición a brindarles apoyo y colaboración. Se materializa en programas de protección a grupos y sujetos vulnerables en el marco de la Universidad, y también en la sororidad y en las acciones de las personas universitarias para ayudar a otros miembros de la comunidad a cumplir sus funciones y objetivos”. Dice “sororidad” y no “fraternidad”, porque la primera procede del término “Sor” hermana; y fraternidad de “Fray”, hermano. Tiene sentido de perspectiva de género.

Este valor de Solidaridad ocasiona el atributo de la “EMPATÍA. Atributo de conducta que se funda en la estima del otro(a) y consiste en comprender los estados socio-psico-emocionales, sus capacidades, fragilidades y circunstancias, con la finalidad de crear un ambiente propicio de colaboración y apoyo solidario para su autorrealización. La empatía propia de las y los universitarios se opone a toda forma de humillación o denigración de cualquier ser humano”.

Además, los valores de la “DIVERSIDAD Y PLURALIDAD Valor que consiste en reconocer que, si bien las personas son iguales en dignidad y derechos, son diferentes por sus peculiaridades, biografías, proyectos de vida e identidades. La aceptación y aprecio de las diferencias, hace posible la convivencia pacífica entre personas que se reconocen como distintas. En la Universidad se manifiesta también como el fomento de la expresión de diversas ideas, perspectivas, orientaciones y elecciones. El intercambio de experiencias y de ideas en un ambiente de libertad, respeto y solidaridad es la principal concreción de la pluralidad”. Lo que permite propiciar dos atributos: “TOLERANCIA. Atributo de las personas universitarias que radica en la disposición a interactuar, colaborar y convivir en un ambiente de reconocimiento mutuo en el que se aprecian las capacidades de cada una de ellas y se es sensible respecto de sus debilidades; esta disposición conduce a reconocer y defender el valor de las ideas y aportes, aunque no coincidan con los propios”. PRUDENCIA. Atributo de las personas universitarias que consiste en actuar con sensatez y reflexión, considerando las diferencias del otro (a). En este sentido, los integrantes de la comunidad universitaria se expresan con propiedad y oportunidad, y se conducen con amabilidad, evitando actitudes que denoten alarde de poder o prepotencia”.

Este Código Ético Universitario expresa la intencionalidad de la comunidad, representada en su Consejo Universitario.

Bienvenido y ENHORABUENA este Nuevo Código Ético Universitario de la UAEM

 

educacioninclusiva.egr@gmail.com