El tercer ojo - Sobre Educación Inclusiva e Integración Educativa (Primera parte)

En opinión de J. Enrique Alvarez Alcántara

El tercer ojo - Sobre Educación Inclusiva e Integración Educativa (Primera parte)

A: Eliseo Guajardo Ramos

 

Sobre Educación Inclusiva e Integración Educativa (Primera parte)

 

Amables lectores que me siguen, en su colaboración semanal en este diario, Inclusión Educativa en la UAEM, el Dr. Eliseo Guajardo Ramos, a partir del 20 de agosto último, ha escrito y publicado una sucesión de artículos dedicados a esclarecer las diferencias, esenciales y fundamentales, que considera necesarias para precisar la cuestión o poner los puntos sobre las íes.

 

Por mi parte, me propongo mostrar algunos pequeños, pero no por ello insustanciales, diferendos que tengo al mismo respecto. Debo señalar claramente que no es mi intención generar una polémica de carácter semiótico, filológico ni, mucho menos, nominalista; simplemente deseo ampliar los elementos de juicio para propiciar la reflexión y el análisis.

 

Vayan pues estas ideas en dicho sentido y trayectoria.

 

El día 20 de agosto (https://www.elregional.com.mx/inclusion-educativa-en-la-uaem-educacion-inclusiva-uaem), el Dr. Guajardo publicó su artículo intitulado Educación Inclusiva: La UAEM; en éste, sus autor, de entrada, expresa: “Para comenzar, hay que aclarar que inclusión educativa no es sinónimo de Educación Inclusiva. Se refieren a dos dimensiones de población en la educación. La Inclusión Educativa es propia de las estrategias que se siguen en la educación para que las personas con discapacidad, niños, jóvenes y adultos, convivan su vida escolar con sus pares sin discapacidad. Esta convivencia se refiere a todas las actividades educativas, académicas, sociales, culturales, deportivas y de ocio. Para ello el centro escolar habrá de realizar ajustes razonables para llevar con éxito dichas actividades”.

 

Una vez que hubo precisado lo que comprende el término de Inclusión Educativa, adiciona muy precisamente lo que se comprende por Educación Inclusiva; para ello, recuperando a los acuerdos tomados en la Reunión realizada por la Oficina Internacional de Educación (OEI) de la UNESCO, en el año 2008, señala: “(…) la definió con todos los alcances y no solo para la población con discapacidad. Esto es, contra el racismo, y la inclusión con perspectiva de género, a favor de la interculturalidad con los pueblos originarios, de los migrantes, de las personas con discapacidad y de la diversidad sexual”.

 

Para rematar, presentará como corolario: “En cierta forma denominar a la Educación Inclusiva y Atención a la Diversidad es una redundancia, es casi un pleonasmo. Por sí misma, la Educación Inclusiva abarca a la diversidad de la población, a su heterogeneidad.”

 

Pues bien, para comenzar las reflexiones que me propongo compartir con ustedes, amables lectores, deseo precisar lo siguiente:

 

Primero. Al parecer del Dr. Eliseo Guajardo la diferencia es prácticamente de inclusión de uno o más sectores sociales en la categoría, puesto que mientras en la acepción de Inclusión Educativa se contempla, única y exclusivamente a las personas con discapacidad, en la de Educación Inclusiva se amplía el espectro de consideración ya que en esta última se agregan otros sectores sociales y se contemplan otros aspectos: La Inclusión Educativa, a diferencia de la Inclusión Educativa se orienta (…) “contra el racismo, y la inclusión con perspectiva de género, a favor de la interculturalidad con los pueblos originarios, de los migrantes, de las personas con discapacidad y de la diversidad sexual”.

 

La diferencia, pues, es de inclusión de clase, mientras que en el primer caso se contempla solo un grupo, en el segundo caso se consideran más.

 

Segundo. Por otro lado, y no cabe duda de ello, es un asunto de política pública de Estado y Gobierno que, por otro lado, está subordinado a cuestiones de acuerdos de política internacional, promovidos por organismos multilaterales (OEI/UNESCO/ONU) que no tienen, en ningún momento, carácter de exigibilidad jurídica y que responden a las “capacidades” de los diferentes gobiernos que acuerdan impulsar tales políticas, cuando puedan y como puedan según sus condiciones y recursos.

 

Es decir, quedan dentro del marco de las intenciones discursivas para ser “políticamente correctos”, aunque en la realidad viva de los sucesos y dinámica de las naciones, parecen “letra muerta” pues hasta hora, más allá de los textos la realidad no cambia.

 

Estos acuerdos, naturalmente, como en la lingüística del Ferdinand de Saussurre, cuando habla del significado, son arbitrarios e inmotivados.

 

Tercero. Al ser puesto dentro del terreno del Derecho y, particularmente, de los Derechos Humanos, los expulsa de las cuestiones de verdad. ¿Es verdad que es más correcto decir Educación Inclusiva que Inclusión Educativa y, más aun, no adicionar Atención a la Diversidad porque sería tautológico o pleonástico expresarlo así?

 

¿La Inclusión Educativa queda como una expresión trunca y equívoca, razón por la cual debe ser excluida de nuestro léxico y vocabulario, por ser incorrecta, incompleta e imprecisa?

 

Vale la pena considerar aquí que, por ejemplo, Gerardo Echeita coloca el quid de la cuestión en las funciones sustantiva y adjetiva; mientras que el sustantivo es educación el adjetivo es inclusión.

 

Por ende debiera expresarse Educación Inclusiva, pero el criterio ya es otro.

 

Hasta la próxima.