El Tercer Ojo - Notas sobre las personas con discapacidad

En opinión de J. Enrique Alvarez Alcántara

El Tercer Ojo - Notas sobre las personas con discapacidad

Nada de nosotros, sin nosotros

 

Las Personas con Discapacidad en México somos, según el último Censo General de Población y Vivienda (2020) del INEGI, una cantidad de 20 millones 838 mil 108 personas (16.5 %); ello sin considerar en nuestro análisis los criterios metodológicos de inclusión de clase y las definiciones de cada una de las discapacidades contempladas en esta herramienta. De este gran total 11 millones, 111 mil 237 (53%) son mujeres y 9 millones 726 mil 871 (47%) son hombres.

 

Esta cifra de Personas con Discapacidad se distribuye, según rangos de edad, de la manera siguiente: el 40.9% se concentra en el grupo de mayores de 60 años, luego están los de 30 a 59 años, con el 29.8%, enseguida los de 18 a 29, 9.8%, y al final los menores de 17 años, 9,1%; ello significa que las formas, causas y consecuencias de la discapacidad afectan de una manera muy importante a personas en edades productivas y aún creativas, en primera instancia y, enseguida, a los adultos mayores, quedando en tercer lugar los menores a tales rangos de edad, es decir, en edad escolar básica, media superior y superior.

 

Si, además, tomamos en cuenta que cada una de las personas con discapacidad es integrante de un núcleo familiar compuesto en nuestro país, por lo menos, por cuatro integrantes, podremos darnos una somera idea de la cantidad de personas que en nuestra nación tienen que vérselas con el asunto de la discapacidad; que, sin un esfuerzo intelectual podría representar la friolera de 80 millones de personas.

 

No sería imposible imaginar las consecuencias de naturaleza económica, social y psicológica que este fenómeno representa para poco más del 40 % de la población total del país.

 

Finalmente, si tomamos en cuenta que en muchos casos de la cifra de personas con discapacidad se requiere el apoyo y asistencia de un familiar, el asunto de los cuidadores primarios (generalmente mujeres: madres, esposas, hijas, hermanas) y los problemas de salud mental que acarrea para ellos, es un asunto que requiere voluntad política, acciones efectivas de política pública, acciones legislativas y organización para demandar una atención digna y eficiente.

 

Por tradición política en nuestro país, el asunto de la discapacidad ha sido considerado dentro de una visión del ámbito de la salud y de políticas asistenciales y altruistas, desconsiderando que debiera inevitablemente ser asumido como una cuestión de carácter social –que naturalmente contempla las acciones dentro del campo sanitario— pero que trasciende hacia los terrenos de las políticas públicas en educación, seguridad social, empleo, movilidad y transporte, accesibilidad arquitectónica, lingüística y comunicacional, a la información y, también ello es fundamental, al ejercicio pleno de los derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Constituciones Políticas de las entidades federativas, la Leyes Generales aplicables a este terreno, así como a los Acuerdos Internacionales que nuestro Gobierno Federal ha firmado y ratificado.

 

Bajo estas circunstancias, más allá de la numeralia hecha pública por los organismos encargados de contabilizar, bajo estos parámetros de inclusión de clase, omitieron una cuestión que es fundamental, identificar el conjunto de barreras u obstáculos que enfrentan las personas con discapacidad y sus familias para asegurar el ejercicio pleno de sus derechos y su participación plena en la dinámica sociocultural de su entorno. Podemos referir aquí, 1) Barreras arquitectónicas y de desarrollo urbano que aseguren la movilidad, accesibilidad, seguridad y transporte que responda a sus condiciones y necesidades; 2) Barreras jurídicas y administrativas que dificultan, cuando no impiden, el ejercicio pleno de los derechos y capacidad jurídica de las personas con discapacidad; 3) Barreras de acceso a la información (Sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, Lengua de señas, intérpretes en Lengua de Señas); 4) Barreras actitudinales e ideológicas con respecto a la discapacidad de modo que el estigma es el destino; 5) Barreras psicopedagógicas que dificultan el acceso a la educación escolar.

 

Para el caso del Estado Libre y Soberano de Morelos carecemos de los datos precisos a este respecto, así como hasta ahora ninguna de las estructuras de gobierno, sea estatal o municipal, ha considerado la necesidad de incluir una instancia (sea Comisión, Instituto, Programa) encargado de organizar la información pertinente y diseñar las recomendaciones necesarias para atender este sector de la población y de la ciudadanía que enfrenta estas condiciones adversas, bajo los siguientes parámetros y criterios:

 

A) Que el organismo encargado de dicha actividad sea autónomo con respecto al ejecutivo –estatal o municipal--. B) Que el organismo encargado de dicha actividad obtenga recursos materiales y humanos aprobados por el Legislativo Estatal para asegurar su tarea y responsabilidades. C) Que el organismo encargado de dicha actividad esté integrado por personas con discapacidad y que pueda recibir apoyo y asesoría de personas expertas en este asunto. D) Que las “Recomendaciones” que realice dicho organismo tengan carácter exigible y vinculante. E) Que el incumplimiento de sus “Recomendaciones” sea punible administrativa y legamente. F) Que el organismo encargado de dicha actividad se encuentre sujeto a las normas de transparencia, legalidad y rinda informes públicos cada año en lo que se refiere a sus actividades, acciones y tareas, así como en el ejercicio de los recursos que le son asignados. G) Que al inicio de la gestión del organismo en cuestión elabore, en un plazo no mayor a tres meses, a partir de su aprobación, un Plan de Trabajo a tres años, con objetivos, actividades, programas, parámetros de evaluación, que será presentado ante el Poder Legislativo Estatal para su aprobación. H) Que para su aprobación se presente un documento con la estructura, misión, visión, organigrama, reglamento interno y personal directivo.