El Principio Pro persona
en opinión de Hertino Avilés
A partir de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el once de junio de dos mil once, en su artículo primero, se establecieron diversos mandatos, que obligan a las autoridades a una interpretación más exhaustiva para la protección de los derechos humanos y menos restringida en sus limitaciones.
Derivado de esto, el Juzgado al momento de emplear el principio pro persona, se encuentra obligado a realizar una interpretación de la norma en un sentido más amplio, es decir, buscar la protección más extensa de los derechos humanos de las personas, esto es así, puesto que cuando se encuentre ante varias interpretaciones de una ley, que sean jurídicamente válidas, éste deberá aplicar aquella que sea más acorde a los derechos humanos y con la cual se garantice más su protección.
Bajo ese contexto, se puede establecer que el principio pro persona es un criterio interpretativo que rige al derecho en materia de derechos humanos, el cual consiste en preferir la norma que garantice la protección más amplia de los derechos humanos, y la norma que menos limite el goce de los mismos.
Con la integración del principio pro persona, en nuestro ordenamientos jurídicos, se busca consolidar una sociedad de derechos, para que las personas cuenten con mayores y mejores elementos para la protección de sus derechos, máxime que con dicho principio se busca difundir los derechos humanos, así como la capacitación de las autoridades para que conozcan sus obligaciones, a partir de este nuevo prototipo, y poder así garantizar de una forma más eficaz el respecto a los derechos humanos de los individuos.