Busca empoderar Impepac a comunidades indígenas

Instalan Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos Indígenas

Busca empoderar Impepac a comunidades indígenas

A través de una serie de actividades, que tendrán como finalidad impulsar acciones afirmativas en materia de derechos políticos de las personas de los pueblos originarios de Morelos, fue creada la Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos Indígenas del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), con lo que se busca empoderar a este sector de la sociedad durante el proceso electoral 2020-2021.

 

Lo anterior lo declaró la consejera electoral Xitlali Gómez Terán, quien presidirá dicha comisión, y quién destacó que su creación es en cumplimiento a la sentencia con número SCM-JDC-403, dictada por la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

Asimismo, destacó que las acciones para el empoderamiento de los habitantes de los pueblos originarios de Morelos, a través de candidaturas para regidurías, diputaciones y las propias alcaldías indígenas que se crearon, destaca una firma de convenio con el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INA).

 

También destacan como acciones llevar a cabo consultas con las comunidades indígenas del Estado de Morelos, con la finalidad de recopilar, sistematizar y analizar la información de medidas afirmativas, criterios emitidos por las autoridades jurisdiccionales, en el marco jurídico federal y local, así como los tratados internacionales en materia de inclusión indígena.

 

Ello conllevará a conocer la forma en que los pueblos indígenas llevan a cabo la elección de sus propias autoridades, es decir, determinar a través de la consulta a los propios pueblos originarios los marcos normativos utilizados ya sea por usos y costumbres o a través de elecciones vía urna.

 

Con ello el Impepac se encamina al empoderamiento de los pueblos indígenas, a través de la materialización de sus derechos políticos, esto en cumplimiento del acuerdo plenario número 2, notificado por Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, el 17 de enero de la presente anualidad; bajo la sentencia dictada con número SCM-JDC-403.