Breves de Abogados y Políticos - Juez y parte
En opinión de Alejandro Corona Markina
Este miércoles se deberá determinar -de una vez por todas-, si el Poder Judicial regresará a laborar o si siguen en su postura de cobrar sin trabajar y no tramitar amparos para nadie… más que para ellos mismos.
El desesperado llamado de apoyo que hacen para que la sociedad civil (en especial los estudiantes) los acompañen en sus marchas y protestas, no prenderá nunca si insisten en su cómoda postura de mantener las puertas cerradas de los edificios que están destinados a la impartición de justicia, pero a la vez siguen cobrando sus onerosos sueldos y -además-, haciendo válido el dicho de ser “juez y parte”, pues ellos mismos se otorgan sus suspensiones a modo, sin fundamento y violando todo principio constitucional, todo contra una reforma que -les guste o no- se aprobó con todas las de la ley. Pero mientras, el ciudadano común no puede tener el privilegio de contar con una suspensión, ya que no hay labores.
En el colmo de os absurdos, el juez segundo de distrito con sede en Colima, Francisco Javier García, concedió una suspensión para que el Instituto Nacional Electoral, deje de hacer sus funciones, es decir, que como ellos lo hacen ahora, simplemente no trabaje, pues le prohíbe emitir acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso para la elección de jueces por voto popular.
O sea, quiere el juzgador quiere que el INE “sude por calenturas ajenas” y se tire a la hamaca por el puro capricho de los jueces y magistrados federales. El INE válidamente puede mandarlos bien lejos, pues es improcedente atender este tipo de suspensiones que no contienen el mínimo fundamento legal para ser emitidas, sino el simple capricho y coraje de que la reforma haya pasado.
El amparo fue promovido por la ilustremente desconocida “Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos”, otro membrete de odio, de los muchos tantos que durante todo el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador -que ayer concluyó-, se la pasaron obstaculizando todo lo que hacía el gigante de Macuspana, Tabasco.
A su vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió dos “controversias” que no tienen ni pies ni cabeza respecto de lo que se reclama, una emanada de los magistrados del Décimo Octavo Circuito con sede en el estado de Morelos (la 8/2024) y otra de jueces federales de diversos distritos del país (la 9/2024). Tan absurdas son las peticiones, que el ministro ni el ministro conservador Juan Luis González Alcántara Carrancá, las admitió, sino que solicitó a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña, que pida a dichos jueces y magistrados reencauzar su argumentación, con base en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El mismo ministro reconoce la improcedencia de las controversias -pero no las desecha, sino que las previene-, esto cuando le pide la presidente de la Suprema Cote de Justicia, Norma Piña, que pida a los interesados en tramitar la controversia contra la reforma judicial, ajusten la misma de conformidad con lo establecido en la fracción XXII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. González Alcántara Carrancá, reconoce que la acción “no es la vía idónea para tramitar la solicitud formulada el once de septiembre de dos mil veinticuatro, por diversas personas impartidoras de justicia federal; pero sí lo es la atribución contenida en la diversa fracción XVII de ese mismo precepto legal”. Esto no es otra cosa que suplencia de la queja deficiente, lo cual no es aplicable para jueces y magistrados federales. También pide a la ministra presidenta, dicte un acuerdo en el cual reencauce la petición de los promoventes a la controversia prevista en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que la misma sea turnada al ministro o ministra que en derecho corresponda, a efecto de que se elabore el proyecto en el cual se examinen los méritos de la petición formulada por los promoventes y se dé cuenta con el mismo ante este Tribunal Pleno. O sea, es evidente que los ministros de manera oficiosa les corrigen la deficiencia de la queja a los jueces y magistrados de la propia institución para la que trabajan. Ojalá todos los impetrantes de amparo recibieran el mismo trato y consideración.
Son estas cosas las que dejan mal parado ante la sociedad al Poder Judicial, cuyo movimiento de residencia se desinfla. En el caso, se sirven con la cuchara grande el platillo de lo que consideran “justicia” y se valen de sus influencias, para ponerle el pie al avance la Reforma al Poder Judicial, misma que ya está en nuestra Constitución.
Haciendo a un lado las críticas que ha recibido la ministra Yasmín Esquivel Mossa, debe reconocerse que ella actúa con congruencia, al decirles a sus pares que la propia jurisprudencia de la Suprema Corte sostiene que el máximo tribunal está impedido para revisar el contenido de la Constitución, aun cuando el nuevo texto constitucional contravenga principios de la misma Carta Magna. Por ello, dicha ministra propone desechar las controversias por notoriamente improcedentes, pues "…su petición rebasa las atribuciones que tiene esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para velar por la autonomía e independencia del Poder Judicial…"
En la desesperación, Norma Piña ha pedido se revise por parte del pleno, las atribuciones que al respecto les otorga la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, como tratando de encontrar un resquicio que permita declarar procedente lo que constitucionalmente es notoriamente improcedente. Aunque se “amarra el dedo antes de que se lo corten” al decir que la mentada revisión “no tiene como finalidad resolver las pretensiones de las partes, sino únicamente proponer el trámite a seguir para eventualmente atenderlas (las impugnaciones)”. O sea, no desecha, sino que busca con un calzador que la zapatilla de la legalidad entre aunque se rompa, pero como dice el dicho: “a la fuerza ni los calcetines entran”.