Alcoholímetro y Respeto a Derechos Humanos de las Mujeres
En opinión de Lorena Elizabeth Castillo
Muchas veces impopulares, otras veces simplemente molestos, el hecho es que los operativos Conduce sin Alcohol en Cuernavaca y otras ciudades en las cuales se han implementado, sin duda, ha incidido en las tendencias a la baja en la cifra de accidentes vehiculares adjudicados a la combinación de volante y consumo etílico.
Dicho Operativo, adoptado desde el inicio de la actual administración municipal capitalina, está lejos de ser un simple retén de inspección, ya que implica, desde la normatividad jurídica y administrativa, hasta la capacitación de los funcionarios y elementos policiacos responsables de implementarlos y operarlos; actividades que se rigen por el llamado Protocolo de Actuación Policial del Operativo Conduce sin Alcohol.
Al ser invitado oficialmente el Instituto de la Mujer de Cuernavaca (IMC) por la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano (SEPRAC) para supervisar el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres, así como el que acompañantes o infractoras –de ser ese el caso- reciban también un trato con equidad de género, identificamos en primer los lineamientos a cumplir, de los cuales resaltamos aquí los siguientes:
1- Salvaguardar la integridad física del conductor o conductora, terceras personas y de la comunidad en general.
2- Tomar en cuenta que existen grupos de población o personas con diez características particulares o mayor grado de vulnerabilidad en razón de:
a) su origen étnico o nacional, b) género, c) edad, d) discapacidad, e) condición social, f) condición de salud, g) religión, h) preferencia sexual, i) estado civil y j) cualquier otra que atente contra la dignidad humana.
3- La actuación de la Policía de Cuernavaca deberá ser siempre congruente, oportuna y proporcional al hecho, cumpliendo sus funciones con absoluta imparcialidad y sin discriminación alguna.
4- Las y los integrantes de la policía responsables de los operativos, deberán abstenerse de las siguientes acciones: realizar actos que impliquen intimidación, discriminación, tratos crueles y degradantes, y en general cualquier otra acción u omisión que origine o resulte en abuso de autoridad.
5- El destacamento de la Policía Femenil, encauzará a los conductores o conductoras hacía el carril confinado, a efecto de que se les practique la entrevista y prueba de aliento. De la misma manera, brindara el apoyo necesario en caso de que se presente algún incidente en el que se vean involucradas personas del sexo femenino, así como en el traslado correspondiente al Centro de Sanciones Administrativas.
6- El apoyo de personal del Instituto de la Mujer de Cuernavaca (IMC) cumplirá funciones de observación y supervisión del trato protocolario que se brinda a mujeres conductoras o acompañantes, conforme al punto anterior y, en su caso, realizará acciones de contención y atención en incidentes de conducta.
A quien esto escribe, conforme al acuerdo IMC-SEPRAC, le ha correspondido participar en los operativos Conduce sin Alcohol en los cuales, en efecto hemos constatado que la media docena de obligaciones y derechos antes descritas se cumplan, por parte de las autoridades y que las mujeres les sean respetadas sus prerrogativas legales.
Cumplir los protocolos del Alcoholímetro es una tarea compleja en el contexto nocturno o de madrugada en que se realizan; cuando conductores y acompañantes o viceversa, provienen de un ambiente relajado, en el que todos y todas las involucradas están sujetas a riesgos.
Aun así, vale la pena enfrentar como retos las condiciones inherentes a este tipo de operativos de prevención de accidentes, sobre todo cuando de por medio está salvaguardar la integridad de la población en general y de las mujeres en particular.