Sobre la custodia compartida
En opinión de Hertino Avilés
Ante la búsqueda de preservar el interés superior del menor, diversos países como lo son Francia, Canadá, Suecia y Estados Unidos, han desarrollado la custodia compartida, la cual ha tenido como política poner sobre el derecho de los padres, el derecho de los niños, es decir, pone en un nivel más alto los derechos humanos de los menores.
La custodia compartida, tiene como finalidad, que salvo en los casos en donde los menores se puedan ver perjudicados, ambos progenitores sigan con la crianza de los hijos, quitando con ello el modelo monoparental, en el cual uno de los padres ejercía la custodia de los menores y el otro solo obtenía visitas con sus menores hijos.
Debemos puntualizar, que en la mayoria de los casos donde los padres se separan, los hijos quedan bajo la custodia de la madre, y el padre obtiene únicamente visitas que son señaladas por los juzgados o bien por ambos padres cuando llegan a un arreglo, lo cual trae como consecuencia el alejamiento paulatino del padre en la vida del niño, así como de las personas cercanas al mismo, como los son los abuelos, los primos y los tíos.
Es importante resaltar, que según estudios de la UNICEF, cuando un niño crece sin el contacto de alguno de los progenitores es más propenso a tener desórdenes de conducta: abandonar los estudios, delinquir, mentir, ejercer violencia en el entorno familiar y social, consumir drogas prohibidas, etcétera.
Con la custodia compartida, se pretende evitar el alejamiento del progenitor con sus hijos, puesto que con esta, ambos padres tiene igualdad en derechos y obligaciones, y de esta forma los hijos tendrían una convivencia con ambos padres durante periodos alternos, salvaguardando con ello el interés superior del menor, sobre el interés de los progenitores.