Prueban negligencia médica en Tlaltizapán
Así lo afirmó la fracción parlamentaria del Partido Humanista, en tribuna
Dio a luz en la calle (en medio de las “inclemencias del tiempo”). Entonces, las autoridades de Tlaltizapán, indiferentes, no la atendieron. El suceso fue reprobado por la fracción parlamentaria del Partido Humanista en el Congreso local. Hubo “negligencia médica”.
En específico, afirmó, la omisión fue del Centro de Salud (la pasada madrugada del 15 de agosto).
Recordó que una joven de 29 años -quien pidió guardar su identidad-, llegó a dicha unidad con dolores de parto; empero, la doctora le indicó que aún no era tiempo y la envió a su casa -con la indicación de volver a las 04:00 horas-.
Ergo, en su domicilio, las dolencias continuaron; pasada la media noche del sábado volvió a la clínica; pero, una enfermera le dijo que la ingresaría hasta las 04:00.
La mujer salió y, apenas dio los primeros pasos en la calle, inició la labor de parto… cerca de la 01:30 horas del sábado fue el alumbramiento.
En ese sentido, la fracción dio cuenta de una negligencia: “… por falta de conocimientos o por falta de ética…”.
Y: “la culpa no es sólo de quienes llevan a cabo el acto sino también de quienes son omisos de castigar estos actos y que generan impunidad dentro de los servicios de salud; es el caso de la Jefa de la Jurisdicción sanitaria número dos, quien. (…) se encuentra obligada a actuar de manera profesional y en total apego a la legalidad”. No obstante, no hubo voluntad de asistencia.
En tribuna bancada Humanista cuestionó: "¿vamos a seguir siendo omisos ante estas situaciones y seguir premiando a servidores públicos que no tienen la vocación de servir a la gente?”.
Sostuvo que “se violentaron diversos ordenamientos jurídicos tanto federales, estatales e internos, por parte de la directora del Centro de Salud de Tlaltizapán y la jefa de la Jurisdicción Sanitaria 2, entre los que destacan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General y Estatal de Salud, la Norma Oficial Mexicana denominada Atención Médica a la Mujer Durante el Embarazo, Parto y Puerperio Normal y a la Persona Recién Nacida, el Código de Conducta para los Prestadores de Servicios de Salud del Estado de Morelos, y, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos”.