Entra en vigor en Morelos, norma contra abuso sexual
Se elimina la prescripción de los delitos psicosexuales en contra de menores y adolescentes: Sotelo
A fin de que la víctima pueda denunciar en todo momento; y más aún cuando esté consciente del delito
El diputado Alfonso de Jesús Sotelo Martínez informó que este sábado (25 de abril) entró en vigor la reforma que elimina la prescripción (elemento jurídico que indica extinción) de los delitos psicosexuales en contra de menores y adolescentes.
Asimismo, el también presidente de la Mesa Directiva del Congreso agregó que lo anterior se suscitó, luego de que el documento fue publicado en el periódico oficial Tierra y Libertad -el 24 de abril-, para entraren vigor al día siguiente.
En concreto, adujo que se trata del artículo 100 bis del Código Penal, que elimina la prescripción de los delitos psicosexuales en contra de niñas, niños y adolescentes.
Por ende, ya no existe esa figura de “prescripción” o “caducidad”. La iniciativa fue presentada el pasado seis de noviembre, a cargo de Sotelo Martínez, con el objetivo de que la víctima pueda denunciar -en todo momento; y más aún cuando esté consciente del delito y, por tanto, el victimario pueda ser juzgado, aun cuando pasen varios años-.
Anteriormente, dicho código refería que el término de la prescripción (de la pretensión punitiva) empezaría a correr a partir del día en que la víctima alcanzara su mayoría de edad; es decir, que al cumplir 18 años el afectado perdía su derecho a denunciar el abuso del que había sido objeto, “dejando sin castigo al delincuente”.
Por ende, el parlamentario “celebró” que esta reforma haya sido aprobada, porque significa que los agresores de menores no quedaran impunes. “Los delitos sexuales cometidos contra menores de edad no deben prescribir, puesto que el daño que estos ocasionan a un menor, deja estragos para toda su vida”, insistió.
El legislador dijo confiar en que esta reforma va a contribuir para que más delincuentes sean denunciados y, a la vez, evitar o, en su defecto, disminuir estos abusos, al saber que en cualquier momento podrán ser acusados y, en caso de comprobar su culpabilidad, sean encarcelados.
Los delitos contemplados en el Titulo Séptimo del Código Penal son: la violación, inseminación artificial sin consentimiento, hostigamiento y acoso sexual, estupro, abuso sexual y turismo sexual.