El núcleo esencial para la protección de los derechos sociales
En opinión de Hertino Aviles Albavera

La protección de los derechos sociales representa un desafío para su cumplimiento ante los órganos jurisdiccionales. Una de las principales problemáticas que estos derechos enfrentan es la falta de recursos y la prioridad que a estos se les da para su efectivo cumplimiento, aunado a ellos se evidencia una falta de criterios y metodologías para que los tribunales puedan ejercer su función de protección a estos derechos.
La insuficiencia de recursos dificulta que los derechos sociales sean garantizados de manera efectiva, especialmente en contextos de austeridad social. Sin embargo, uno de los mecanismos jurídicos más discutidos en este contexto es el concepto de núcleo esencial de los derechos sociales. Este criterio busca identificar una parte mínima e irrenunciable del derecho que el Estado debe garantizar en toda circunstancia, la idea es que, pese a la complejidad y las limitaciones presupuestales, se cumpla una cantidad básica y necesaria de bienes o servicios que no puede ser desplazada por decisiones políticas o económicas. Este concepto intenta ofrecer una vía para que los jueces puedan exigir con mayor firmeza el cumplimiento de los derechos sociales.
En el año 2017 la Suprema corte dictó una resolución de amparo en revisión 566/2015, está ejemplifica cómo los tribunales pueden adoptar una estrategia de protección basada en el reconocimiento de un núcleo esencial y en la protección inmediata de este argumentando que los derechos sociales tienen un núcleo esencial que debe ser protegido especialmente cuando su vulneración afecte la dignidad de las personas.
La Sala decidió que esta protección prioritariamente se debe enfocar en la dignidad de las personas mediante la protección y cumplimiento de los derechos sociales.