Niega Cuevas acusaciones por falta de pago aguinaldos

Rechazó la presidenta del TSJ haberlo condicionado a jueces y secretarios de acuerdos
Asegura que el Poder Judicial tiene hasta el 15 de enero para pagar el resto de dicha prestación

Niega Cuevas acusaciones  por falta de pago aguinaldos

María del Carmen Verónica Cuevas López rechaza haber condicionado el pago de la mitad del aguinaldo a jueces y secretarios de acuerdos; asegura que el Poder Judicial tiene hasta el próximo 15 de Enero como fecha límite para el pago restante de dicha prestación; el “retraso” se fundamenta en Ley del Servicio Civil.

La evasiva por parte de la titular del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), emitida ayer, se debió a que presuntamente varios funcionarios, jueces y magistrados de la propia institución, en días pasados, acusaron a la propia magistrada presidente, María del Carmen, de no pagar por completo el aguinaldo a los trabajadores y condicionar el dep´ósito del faltante, lo cual se ventiló en diversos medios de comunicación.

Ante tales señalamientos el contragolpe para “aclarar la situación” no se hizo esperar, fue así como en un desplegado el Poder Judicial intentó aclarar que en ninguno momento se ha hecho condicionamiento alguno a los trabajadores para el finiquito de lo que resta de dicha prestación, asegurando que aún están en tiempo para cubrirlo.

“El Poder Judicial rechaza haber condicionado el pago del 50% del aguinaldo a Jueces y Secretarios de Acuerdos, por lo que conforme la norma, está previsto cubrir el pago a más tardar el próximo 15 de enero”, afirmó la institución.

Los afectados por la falta de “fondos en sus nóminas”, de acuerdo a la información que circuló, fue de más de 300 secretarios de acuerdo y secretarios de estudio y cuenta, así como 74 jueces estatales y 18 magistrados, quienes en acumulaban una deuda millonaria.

Respondiendo a esto, el TSJ especificó que el “pendiente” que se mantiene con los funcionarios arriba descritos se debió a que se priorizó al grueso de los trabajadores “con menores ingresos”, insistiendo en que aún tienen tiempo suficiente para solventar la problemática.

“[se] pagó, el pasado 10 de diciembre de 2019, la primera parte del aguinaldo a todos sus trabajadores, además, en un esfuerzo realizado en favor de los trabajadores se pagó el 100% de esa prestación a los trabajadores de menos ingresos, es decir desde oficiales judiciales hasta actuarios, siendo poco más del 70% del personal de la institución”.

La reiteración de “extensión de tiempo” a la que alude el comunicado del Poder Judicial, se fundamenta, según lo vertido en su texto, en el artículo 42 de la Ley del Servicio Civil, el cual se describe brevemente en el siguiente párrafo.

“… los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado tendrán derecho a un aguinaldo anual de 90 días de salario, el cual se pagará en dos partes iguales, la primera a más tardar el 15 de diciembre y la segunda a más tardar el 15 de enero del año siguiente…”

Lo anterior, a partir de que en dentro Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos “no contempla lo relacionado a la cantidad que debe pagarse de aguinaldo ni tampoco las fechas para el pago de las mismas”, por ello, los plazos en que se fundamenta el TSJ para dichos pagos, son los estipulados en la Ley del Servicio Civil.

Esto último, en una completa omisión del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre y deberá ser equivalente a quince días de salario, por lo menos.