Se judicializan 3 demandas laborales sin pasar por etapa de conciliación

Se judicializan 3 demandas laborales  sin pasar por etapa de conciliación

Suman tres demandas en los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, sin que hayan pasado por el Centro de Conciliación, informó el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Rubén Jasso Díaz.

De acuerdo con la Reforma Laboral que entró en vigor el pasado 3 de noviembre en Morelos, con el nuevo sistema de impartición de justicia la demandas laborales llegarán a los Centro de Conciliación, pero puede llegar a un juicio si no se resuelven o existen casos de excepción como los asuntos vinculados a acoso o discriminación por preferencias sexuales y despido por embarazo, donde ingresa directamente a los Tribunales.

Hasta la fecha han ingresado tres demandas; 2 individuales y 1 colectiva, de las dos demandas individuales una se declinó por incompetencia en el Juzgado 2 de Cuernavaca y la otra en proceso de revisión para saber si se admite en el juzgado 1, también ubicado en la capital del estado.

Asimismo ingresó una demanda colectiva de contrato colectivo de trabajo en el juzgado uno, que también está en proceso de admisión.

Además el magistrado presidente del Poder Judicial, dijo que hasta ahora no existe ninguna complicación en el avance de la Reforma Laboral.

También Jasso Díaz, acompañado del Magistrado y titular de la Comisión de la Reforma en materia Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Ángel Garduño González, llevaron a cabo el primer conversatorio con el Director del Centro de Conciliación del Estado de Morelos, Pascual Archundia Becerril, donde se alcanzaron diversos acuerdos, entre el que se destaca, firmar un convenio de colaboración con el organismo dependiente del Poder Ejecutivo para que tenga acceso a los beneficios de la Firma Electrónica Avanzada del Poder Judicial y exista una mejor coordinación y comunicación entre ambas partes.

Entre los beneficios que se obtendrán con el uso de la Firma Electrónica, se destacan: mayor seguridad para los oficios, puesto que los documentos con firma electrónica no pueden ser alterados ni manipulados, por lo que se garantiza su autentificación y la identidad del firmante; agilidad y reducción de tiempo en su emisión, dado que ya no se tendrán que firmar manualmente, reduce considerablemente el tiempo que se dedica a las firmas, entre otros.