Permisos de Guerrero se pueden verificar en línea
Para confirmar si son auténticos o, en cambio, apócrifos
Los municipios del estado de Guerrero que expiden permisos válidos para circular, con base en un principio constitucional confirmado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ofrecen la verificación de los documentos a fin de que su portador confirme la legalidad.
Autoridades como las del estado de Morelos han insistido reiteradamente sobre un grave problema de falsificación de esos permisos, que son vendidos comúnmente por numerosas casas de gestoría, físicas o en línea, y que simplemente los imprimen y les agregan sellos y códigos sin validez oficial alguna.
Pero ya es posible confirmar la legalidad de esos documentos en los portales oficiales de las presidencias municipales que presuntamente los expidieron.
Las siguientes son las direcciones de internet de varios municipios guerrerenses de los cuales existe una inmensa cantidad de permisos en lugares como Morelos. Ahí se puede confirmar si cada permiso que haya sido ahí entregado tiene base legal y debe ser respetado por cualquier corporación de Tránsito.
Municipio de Ixcateopan
https://www.transito-ixcateopan.gob.mx/src/permisosciudadano.php
Municipio de Malinaltepec
https://www.permisosylicenciasmalinaltepecgro.gob.mx/verificar-permiso
Municipio de Iliatenco
https://www.direcciondetransitoiliatenco.gob.mx/verificar-permiso
Municipio de Pedro Ascencio Alquisiras
https://permisosixcapuzalco.gob.mx
Municipio de Acapetlahuaya
https://acapetlahuayapermisoslic.gob.mx/verificar-permiso
Si se posee un documento de otra alcaldía guerrerense, la comprobación se puede hacer, en la mayoría de los casos, en el portal oficial de cada una de esas autoridades.
La verificación de cada documento debe hacerse por parte de la persona portadora de uno, en el sitio web oficial correspondiente. No es recomendable hacerlo en algún sistema que ofrezca la casa de gestoría donde se adquirió, pues igualmente pueden resultar métodos apócrifos para constatar.
En 2022, la SCJN emitió sentencia para dejar perfectamente claro y establecido que el artículo 115 fracción III, inciso h, de la Constitución federal confiere a los municipios la prestación del servicio público de tránsito, lo que incluye el registro y control de vehículos, y ello abarca igualmente el otorgamiento de permisos provisionales para circular sin placas por treinta días.
La determinación anterior de la Primera Sala de la Corte llegó el 6 de julio pasado, para resolver la controversia constitucional 214/2020, promovida por el municipio guerrerense de Ixcateopan. Fue una ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo con la que se logró, por mayoría de votos, el fallo en favor del ayuntamiento quejoso.
La controversia del municipio referido se dio luego de que en diciembre del 2018, la administración estatal, que entonces dirigía en Guerrero Héctor Astudillo Flores, anunció que ya no proporcionaría los formatos mediante los cuales los ayuntamientos expedían los permisos provisionales para que los automotores pudieran circular sin placas durante un mes. Pero, desde julio de 20234¿, el máximo órgano de justicia del país ordenó al Ejecutivo guerrerense, ya a cargo de Evelyn Salgado Pineda, volver a expedirlos sin pretexto, tras resolver la controversia.
A partir de entonces, quedó establecido que cualquier municipio de esa entidad y de cualquier otra en el país tiene facultades para expedir esos documentos. Por ello, ninguna autoridad estatal o municipal puede impedir que los automotores así amparados circulen.
Lo anterior debe ser respetado en Morelos y en la república toda, siempre y cuando los permisos estén vigentes y sean oficiales y legales. De ahí, la relevancia de poder verificar en las páginas oficiales de las presidencias municipales que los proporcionan si los permisos son legales.