Inminente, éxodo de Carmen Verónica Cuevas López

Observaciones hechas por el Ejecutivo al punto de acuerdo no altera la fecha de expiración de su ciclo

Inminente, éxodo de Carmen Verónica Cuevas López

Las observaciones hechas por el Ejecutivo, Cuauhtémoc Blanco Bravo, al punto de acuerdo que recién se consensuó en el Congreso, no altera la fecha de expiración del ciclo de María del Carmen Verónica Cuevas López -quien deberá dejar el cargo de presidente del Tribunal Superior de Justicia-.

De acuerdo al documento, elaborado por la Consejería Jurídica -respecto al punto de acuerdo presentado por el diputado José Luis Galindo Cortez, del Partido del Trabajo- se trata de precisiones sobre los artículos involucrados. Conserva la esencia en torno a la disminución del ciclo laboral de los magistrados: de 20 a 14 años.

Asimismo, enarbola la acción de inconstitucionalidad promovida por un grupo de abogados y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM), que actualmente sigue sin resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al respecto, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso local, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, dijo que la norma es inminente. Sobre las observaciones, dijo: “Primero, tenemos que dar cuenta al Pleno, para poder enviarlo a la Comisión correspondiente”. Podría ser la de “Puntos Constitucionales, conjuntamente con la de Justicia y Derechos Humanos”. De ahí, consideró, se determinará lo que “jurídicamente” sea procedente.

Además, comentó que ya tiene conocimiento del documento de observaciones y, con base en eso, “vamos a entrar en su análisis” y, a su vez, se emitirá el dictamen correspondiente. Reiteró que se va a “hacer valer la norma; debemos ser respetuosos de lo que la ley establece…”.

Agregó que la decisión que tome -el órgano colegiado al que pertenece- va más allá de una “intención” o un “sentir” de algunos funcionarios, quienes han emitido su punto de vista.

En el punto de acuerdo se lee, en las primeras consideraciones:

“1. La reforma al artículo 89, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, del veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5477, estableció, lo siguiente: “Artículo 89.-… “Los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, rendirán su protesta ante el Pleno del Congreso o la Diputación Permanente, durarán en su cargo catorce años contados a partir de la fecha en que rindan protesta constitucional y solo podrán ser privados del cargo en los términos que establece esta constitución y las leyes en materia de responsabilidad de los servidores públicos”.