Permanece violencia política en diputados
Definirá TEPJF resolución en torno a este asunto; luego de la incompetencia del órgano estatal
Este caso, se trata de seis diputadas, quienes interpusieron “10 demandas…”, informó Carlos Alberto Puig
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) definirá la resolución en torno a la violencia política que reclaman en el Congreso; esto, luego de la incompetencia del órgano homónimo del estado.
Así lo informó Carlos Alberto Puig Hernández, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado, quien asentó que, en este caso, se trata de seis diputadas, quienes interpusieron “10 demandas… Hicieron valer, además de la violencia, que fueron separadas de las comisiones que representaban al interior del Congreso”.
De igual manera, dijo que las quejosas ponderan que se les “quitó” el personal a su mando, obstaculizando “el apoyo de sus actividades”. En torno a la beligerancia descrita, comentó que ésta se derivó de “aquella sesión”, de octubre del año anterior, en la que el congresista independiente, José Casas González, hizo comentarios misóginos.
Asimismo, el magistrado externó que el cambio de los titulares de los órganos aludidos “pertenece al derecho parlamentario. Nosotros (los integrantes del tribunal) no tenemos competencia para resolver casos relacionados con las actividades internas de los congresos…”.
Además, puso como ejemplo lo siguiente: hace dos meses, el TEPJF “resolvió los casos” que promovieron los senadores Ricardo Monreal y Lili Téllez. En este contexto, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Movimiento de Regeneración Nacional “los estaba sancionando, porque consideraron que habían cometido actos irregulares en el nombramiento de la presidente del Congreso”.
Con base en eso, externó que estas cuestiones, de “carácter legislativo”, son “actos parlamentarios, en los que no aplica…”. Empero, pueden existir momentos en los cuales “el derecho electoral sí tiene aplicación”; verbigracia: “si no les cubren sus emolumentos”, o no “proporcionan ningún tipo de personal para el desempeño de sus actividades…”. Podría considerarse, en tal sentido, una “obstrucción”.
Puig Hernández agregó que el precepto 16 de la Carta Magna establece que los congresos tienen la facultad de organizarse y “tomar sus decisiones”, puesto que son “soberanos, en la medida en que son quienes aprueban las normas que van a regir en la entidad federativa correspondiente”.
Los diputados señalados son: Marcos Zapotitla Becerro y José Casas González, a raíz de sus discursos (al considerar que utilizaron un lenguaje misógino, en la tribuna).