Revisión de examen, asunto recurrente de alumnos en UAEM

Destaca el titular de la Procuraduría de los Derechos Académicos,Alberto Olivares Brito

Revisión de examen, asunto  recurrente de alumnos en UAEM

Resalta en los asuntos que a diario atiende la Procuraduría de los Derechos Académicos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), la solicitud a la aplicación y resultados de exámenes a los estudiantes al considerarse tema medular para el desarrollo de formación profesional, aseguró su titular Alberto Olivares Brito.

Dijo que el tema pareciera menor pero que es un derecho establecido en el estatuto universitario que en algún momento, podría colocar a un alumno en situación vulnerable que causa en ocasiones la baja de la institución y que deriva precisamente en la revisión de la prueba por un comité integrado por académicos ajenos encargados de detectar o confirmar algún error.

Entre otros también recurrente, es la falta de atención o resistencia de alumnos con el incumplimiento de sus pagos establecidos por la normatividad universitaria en cuyos casos, prevalece la desobediencia o hay antecedentes de malos comportamientos pero que finalmente la Procuraduría de los Derechos Académicos debe atender.

Para ello, dijo que se analiza caso por caso las circunstancias porque en ocasiones, se tiene el antecedente de conflictos de índole familiar que realmente impiden dicho cumplimiento, casos que son atendidos y resueltos dependiendo la naturaleza de cada uno de ellos, dijo Alberto Olivares Brito al destacar que con ello se privilegia el derecho a la educación, tema prioritario para la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

En este sentido, destacó que se atiende casi en su totalidad asuntos presentados por alumnos, que son contados los casos presentados por académicos o administrativos pero que la atención se enfoca de acuerdo a los casos que se presenta al alumnado que son los más vulnerables.

Dijo que en la estadística reciente, se detectaron 39 procedencias de quejas y que durante el desahogo de la queja no le asistía la razón al quejoso, no se le ´violentó ningún derecho o por acuerdo de sobreseimiento o porque se concluyeron antes de formalizar la denuncia, o bien finalizó por el resarcimiento del daño.