Da la SCJN revés al TSJ en controversia constitucional
La exmagistrada María del Carmen, presentó la disputa por el presupuesto financiero del año 2020
Además, demandó la invalidez de la Ley de egresos publicada en el órgano Oficial Tierra y Libertad
El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió y dio duro revés a la controversia constitucional que en su momento presentó la exmagistrada presidenta del Poder Judicial, María del Carmen Verónica López Cuevas, entorno al presupuesto financiero del ejercicio fiscal 2020.
La controversia que promovida el Tribunal Superior de Justicia de Morelos, fue contra los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, donde demandó la invalidez del presupuesto de egresos que se publicó en el órgano oficial del gobierno del Estado, con fecha del 29 de enero del presente año, así también del Decreto 66, al que determinó desecharlo.
Invalida SCNJ Ley de Ingresos y presupuesto de Egresos
De igual manera, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que derivado de los ordenamientos impugnados y que no fueron aprobados dentro de los plazos consignados para el primer periodo ordinario de sesiones en la constitución la Ley Orgánica y el reglamento del congreso del estado de Morelos, se generaba inseguridad jurídica. Por ello, aun y cuando dicha inobservancia no afectó el debate parlamentario en los ordenamientos impugnados, la existencia de periodos específicos de duración de las sesiones ordinarias tiene un lapso el Congreso, para que ejerza sus atribuciones y validar sus actos para de esa manera respetar el principio de seguridad jurídica.
Es de recordar, que fue hasta el 28 de enero del presente año cuando por unanimidad los diputados de la 54 legislatura, aprobaron el paquete presupuestal para 2020 que fue por el por el orden de los 26 mil 801 millones 54 mil pesos, es decir, recursos superiores a los 24 mil 653 millones de pesos que se aprobó durante el año 2019.
Por lo tanto, la SCJN evidenció la falta de conocimiento y técnica jurídica de los integrantes de la 54 legislatura local al declararse inválido porque lo hicieron a destiempo además del decreto a ejercer este año 2020, ya que sería ejercido el del año 2019, sin embargo, ya estamos a final del ejercicio fiscal y la determinación no es retroactiva.
De acuerdo a especialistas en el tema, esto traerá como consecuencias presupuéstales para todo el estado en todos sus niveles, por la responsabilidad legislativa, así como en los poderes y municipios quienes tendrán que ver que consecuencia se tiene financieramente, sin embargo, de igual manera, reconocen que puede ser un tema fácil de resolver, por lo que se tendrá que hacer un análisis de presupuesto de todos.
Cabe señalar que la invalidez decretada no tendrá efectos retroactivos por lo que a partir de que les sea notificados los puntos resolutivos de la sentencia, el Congreso de Morelos deberá de aplicarse la ley de ingresos y el presupuesto de egresos del estado del ejercicio fiscal 2019.
Dicha acción de inconstitucionalidad 116/2020 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandó la invalidez de la Ley de Ingresos y el decreto 661 por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos, para ejercicio fiscal del 2020 publicadas en el periódico oficial de esa entidad el 29 de enero de 2020
Por lo tanto, los especialistas del tema aseguran que la SCJN dejó una llave para solucionarse el problema, en virtud de que les señala que se deben respetar los compromisos ya celebrados, por lo que a esta fecha ya el Estado se ha gastado casi el 99 por ciento del presupuesto y quizá hasta el 100.